Subvenciones para gastos estructurales de entidades de cultura popular y tradicional catalana y aranesa afectadas por el cese de la actividad cultural con motivo de la crisis sanitaria ocasionada por la COVID-19.

Código de ayuda:

S03255/21

Norma:

RESOLUCIÓN CLT/288/2021, de 5 de febrero. RESOLUCIÓN CLT/416/2021, de 11 de febrero.

Plazo de Solicitud:

Del 24 de febrero al 5 de julio de 2021.

¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?

Aproximadamente 5.000

Finalidad u objetivo de la ayuda:

Abrir la convocatoria para la concesión de subvenciones, en régimen de concurrencia no competitiva, para
gastos estructurales de entidades de cultura popular y tradicional catalana y aranesa afectadas por el cese de la actividad cultural a causa COVID-19 de alarma con motivo de la COVID-19, para el año 2021.

Categorías Subvención

  • Actividades culturales, lingüísticas y Deporte

Localización del organismo gestor

Cataluña

Convoca:

Departamento de Cultura (Cataluña)

¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?

La cuantía de la subvención es del 100% de los gastos subvencionables con un máximo de 5.000 euros y de
acuerdo con la disponibilidad presupuestaria.

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Asociaciones
  • Autónomos
  • Cooperativas y Sociedades Laborales no Agrarias
  • Entidades sin ánimo de lucro, Ong´s
  • Fundaciones
  • Microempresas (menos de 10 empleados)
  • Organizaciones Empresariales y Sindicales
  • Pymes (menos de 250 empleados)
  • Sociedades Civiles

Detalle beneficiarios:

Pueden optar a estas subvenciones las fundaciones y las asociaciones, así como las federaciones y las
confederaciones de las entidades mencionadas, con domicilio social en Cataluña y que tienen por objeto
realizar actividades en el ámbito de la cultura popular y tradicional catalana.

También pueden optar a estas ayudas las personas físicas empresarias o sociedades civiles y mercantiles que realizan actividades remuneradas en el ámbito de la pirotecnia, en los servicios directamente vinculados con las fiestas de fuego y pirotecnia que se lleven a cabo en Cataluña.

¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?

Son subvencionables los gastos estructurales a los que tienen que hacer frente las personas beneficiarias
tanto durante la suspensión de su actividad habitual por la aplicación de medidas especiales dictadas por las autoridades sanitarias para la contención del brote epidémico de la pandemia de COVID-19 como en el periodo posterior, hasta que se pueda retomar la actividad en un 70% respecto a 2019, de acuerdo con la
flexibilización de las restricciones impuestas por las autoridades competentes y según el periodo subvencionable establecido en la convocatoria correspondiente.

Documentos asociados

Boletín: 11/02/2021
DOGC Diario Oficial de la Generalitat de Cataluña- Nº 8339
Documento: Bases específicas 2021 Descargar Documento
Boletín: 23/02/2021
DOGC Diario Oficial de la Generalitat de Cataluña- Nº 8348
Documento: Convocatoria 2021 Descargar Documento
Boletín: 23/03/2021
DOGC Diario Oficial de la Generalitat de Cataluña- Nº 8371
Documento: Corrección errores convocatoria Descargar Documento