Subvenciones para gastos de funcionamiento y organización de actividades de las casas y centros regionales asentados en las Islas Baleares para el año 2006.

Código de ayuda:

S20437/06

Norma:

Resolución de 21 de junio de 2006

Plazo de Solicitud:

Fecha Fin: 17/07/2006

Finalidad u objetivo de la ayuda:

Mediante esta Resolución se convocan, para el ejercicio 2006, ayudas económicas en régimen de concurrencia competitiva destinadas a financiar parcialmente las actividades y los gastos de funcionamiento ordinarios de las casas y centros regionales y las federaciones o asociaciones que las agrupan con sede en las Islas Baleares.

Categorías Subvención

  • Asociacionismo y Voluntariado
  • Turismo y Hostelería

Localización del organismo gestor

Islas Baleares

Convoca:

Consejería de Inmigración y Cooperación (Islas Baleares)

¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?

La cuantía total que se destina a esta convocatoria es de ciento cincuenta mil euros (150.000 euros).

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Asociaciones
  • Autónomos
  • Cooperativas y Sociedades Laborales no Agrarias
  • Cooperativas y Sociedades Laborales no Agrarias
  • Microempresas (menos de 10 empleados)
  • Organizaciones Empresariales y Sindicales
  • Particulares / Personas físicas
  • Pymes (menos de 250 empleados)
  • Sociedades Civiles

Detalle beneficiarios:

De acuerdo con el artículo 1 del Decreto 103/1998, de 20 de Noviembre, pueden acogerse a esta convocatoria las casas y centros regionales asentadas en la comunidad autónoma de las Islas Baleares, Y así como la Federación de Casas Regionales o las organizaciones de agrupaciones de éstas.

¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?

Se consideran gastos subvencionables los que se generen que respondan, sin duda, a la naturaleza de la actividad que es objeto de subvención, que se realicen entre el 1 de Enero y el 14 de Noviembre de 2006 y que no superen el valor de mercado.

1. Modalidad A:
a) gastos de arrendamiento, suministros y mantenimiento así como adquisición de material fungible.
b) ayudas para la realización de actividades socioculturales, como actos conmemorativos, efemérides o fiestas de significación especial para la cultura y la historia de las Islas Baleares; actividades de formación y fomento de la cultura y costumbres de las Islas Baleares y programas y actuaciones dirigidas a la acogida y a la integración de las personas inmigradas.
2. Modalidad B:
a) obres de mejora, rehabilitación y acondicionamiento de los edificios, locales y/o instalaciones de las sedes.
b) Adquisición de material inventariable.

Requisitos:

Los requisitos que tienen que cumplir los beneficiarios indicados en el número anterior son:

a) Estar legalmente constituidas e inscritas en el Registro de Asociaciones de las Islas Baleares.
b) Encontrarse al corriente, si procede, de las obligaciones tributarias y de la Seguridad Social.
c) Haber justificado, si procede, suficientemente las ayudas o subvenciones recibidas anteriormente del Gobierno de las Islas Baleares.
d) Acreditar o, en su defecto, efectuar una declaración responsable de no incurrir en ninguna de las prohibiciones previstas en los apartados 2 y 3 del artículo 13 de la Ley 38/2003, de 17 de Noviembre, general de subvenciones.

Documentos asociados

Boletín: 27/06/2006
BOIB Boletín Oficial de las Islas Baleares- Nº 90
Documento: Convocatoria 2006 Descargar Documento