Subvenciones para fomentar, en el sector de la construcción, la sustitución de determinados elementos inseguros.

Código de ayuda:

S08655/04

Norma:

Orden de 11 de marzo de 2004.

Plazo de Solicitud:

Fecha Fin: 04/05/2004

Finalidad u objetivo de la ayuda:

La sustitución de elementos inseguros por otros que reúnan los requisitos establecidos en las disposiciones vigentes sobre prevención de riesgos laborales y normas técnicas de aplicación.


Categorías Subvención

  • Vivienda y Urbanismo

Localización del organismo gestor

Canarias

Convoca:

Consejería de Empleo y Asuntos Sociales (Canarias)

¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?

La cuantía máxima de la subvención será, de hasta un 40% del importe total de la factura presentada, extendida por la entidad suministradora, incluyendo únicamente el valor de los elementos adquiridos, excluyendo cualquier otro tipo de gastos (I.G.I.C., transportes, etc.).
El tope máximo de la cuantía de la subvención, será de hasta 12.020,24 euros por empresa.

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Cooperativas y Sociedades Laborales no Agrarias
  • Microempresas (menos de 10 empleados)
  • Pymes (menos de 250 empleados)

Detalle beneficiarios:

Las pequeñas y medianas empresas de Canarias cuya actividad se desarrolle en el sector de la construcción.

¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?

Las inversiones realizadas por las empresas en relación con las siguientes actuaciones:
a) Sustitución de andamios por otros de servicio y de trabajo con elementos prefabricados, regulados por la norma UNE 76-502-90 (HD 1000), de las clases 4 y 5 (destinados a trabajos de albañilería), y de la clase 6 (destinados a trabajos de albañilería pesada para almacenamientos importantes de materiales).
b) Sustitución de sistemas provisionales de protección de bordes (barandillas) que reúnan los requisitos establecidos en la norma pr-EN-13374.
c) Sustitución de pinzas para la elevación de cargas por otras con protección total ante la caída de dicha carga.
Para ello, los citados elementos de elevación, deberán disponer de marcado CE, y en consecuencia, deberán cumplir todos los requisitos que, para su comercialización, establece la legalidad vigente.

Requisitos:

a) Las empresas beneficiarias tendrán su domicilio social en Canarias.
b) La subvención se dirige a la sustitución de determinados elementos inseguros descritos en la base primera de esta Orden existentes en los centros de trabajo radicados en Canarias.
c) Las empresas beneficiarias deberán emplear a menos de 250 trabajadores, así como reunir los demás requisitos establecidos en la Recomendación 96/280/CE de la Comisión Europea (D.O.C.E. nº L107/4, de 30.4.96) para las pequeñas y medianas empresas.
d) Las empresas beneficiarias deberán desarrollar su actividad en el sector de la construcción, esto es, su actividad deberá estar incluida en el ámbito de aplicación del Convenio Colectivo General del Sector de la Construcción 2002-2006 (B.O.E. nº 191, de 10.8.02).

Documentos asociados

Boletín: 26/03/2004
BOC Boletín Oficial de Canarias- Nº 60
Documento: Convocatoria Descargar Documento