Subvenciones para fomentar el relevo comercial.- Convocatoria 2014.

Código de ayuda:

S39446/14

Norma:

ORDEN de 18 de julio de 2014.

Plazo de Solicitud:

Fecha Fin: 01/09/2014

Finalidad u objetivo de la ayuda:

Facilitar el relevo comercial de los pequeños comerciantes individuales autónomos que transmitan su negocio a un tercero, asegurando su continuidad y fomentando la regeneración del tejido
comercial.

Categorías Subvención

  • Comercio

Localización del organismo gestor

Galicia

Convoca:

Consellería de Economía, Empleo e Industria (Galicia)

¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?

a) Los transmisores que tengan la edad ordinaria para causar la pensión de jubilación percibirán un pago único, con independencia del número de establecimientos comerciales que se posean y la variedad de actividades comerciales que se vinieran desarrollando, que se fija en la cantidad de setecientos euros (700 €).

b) Los transmisores que no hayan alcanzado la edad ordinaria de jubilación percibirán un pago único, con independencia del número de establecimientos comerciales que se posean y la variedad de actividades comerciales que se vinieran desarrollando, a razón de setecientos euros (700 €) mensuales hasta el último mes en que cumplan la edad ordinaria de jubilación legalmente establecida, contados desde el mes siguiente a causar baja comercial.

c) Los adquirientes del negocio comercial percibirán un pago único de dos mil euros (2.000 €), con independencia del número de establecimientos que adquieran.

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Autónomos
  • Particulares / Personas físicas

Detalle beneficiarios:

Los/as comerciantes minoristas que tengan capacidad legal para ejercer el comercio y se dediquen a él de forma habitual, de acuerdo con la definición establecida en el artículo 1 del Código de comercio que cumplan los requisitos establecidos.

También se considerarán beneficiarios/as las personas designadas por el solicitante para el relevo comercial, con capacidad legal para ejercer el comercio, quedando vinculadas ambas personas para la concesión de la subvención.

¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?

El relevo comercial de los pequeños comerciantes individuales autónomos que transmitan su negocio a un tercero, asegurando su continuidad y fomentando la regeneración del tejido
comercial.

Requisitos:

a) Que desarrollen su actividad comercial en Galicia y, asimismo, su domicilio social y fiscal radique en dicha comunidad autónoma.

b) Tener una edad mínima de 64 años cumplidos en la fecha de finalización del plazo de presentación de solicitudes.

c) Ejercer, como titular del comercio, una o varias de las actividades comerciales relacionadas en el anexo II, de forma ininterrumpida durante los últimos diez años.

En caso de que la persona solicitante esté dada de alta en dos o más epígrafes del IAE, será considerada beneficiaria siempre que la actividad principal esté incluida dentro de las agrupaciones citadas. Se considerará actividad principal aquella que resulte de conjugar los
elementos de facturación y superficie de venta destinada a la actividad, que deberá acreditarse si es el caso con la presentación de la declaración de la renta del último ejercicio.

d) Estar dado de alta en el régimen de trabajadores autónomos de la Seguridad Social en los diez últimos años de forma ininterrumpida y tener cotizado a la Seguridad Social un período previo tal que le permita completar el período de carencia exigido para causar derecho a la pensión de jubilación, por lo menos al llegar a la edad ordinaria de jubilación.

e) Designar la persona física continuadora de la actividad, con capacidad legal para ejercer el comercio.

f) Que figure inscrito en el Registro Gallego de Comercio o tener solicitada la inscripción
con anterioridad a la fecha de finalización del plazo de presentación de solicitudes.

Documentos asociados

Boletín: 01/08/2014
DOG Diario Oficial de Galicia- Nº 145
Documento: Bases, Convocatoria 2014 y Anexos. Descargar Documento