Subvenciones para fomentar el asociacionismo y potenciar la participación de las mujeres en todos los ámbitos de la Comunidad Autónoma de Euskadi.

Código de ayuda:

S15946/06

Norma:

RESOLUCIÓN de 27 de abril de 2006.

Plazo de Solicitud:

Fecha Fin: 24/06/2006

Finalidad u objetivo de la ayuda:

La regulación de las subvenciones a conceder por Emakunde–Instituto Vasco de la Mujer a asociaciones y federaciones de mujeres sin ánimo de lucro y fundaciones cuyo único fin y ámbito de actuación sea el de la promoción de las mujeres, para la realización de proyectos concretos relacionados con los fines y objetivos del Instituto en el ejercicio de 2006.

Categorías Subvención

  • Mujeres, Infancia y Ayudas familiares

Localización del organismo gestor

País Vasco

Convoca:

Departamento de Presidencia del Gobierno - Lehendakaritza (País Vasco)

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Asociaciones
  • Entidades sin ánimo de lucro, Ong´s
  • Fundaciones

Detalle beneficiarios:

Podrán solicitar las subvenciones reguladas por la presente resolución, siempre que la actividad se desarrolle
en el ámbito territorial de la Comunidad Autónoma del País Vasco y tengan su domicilio social en dicha Comunidad, las asociaciones y federaciones de mujeres sin ánimo de lucro incluidas en el ámbito de aplicación de la Ley 3/1988, de 12 de febrero, y las fundaciones cuyo único fin y ámbito de actuación sea la
promoción de las mujeres y estén incluidas en el ámbito de aplicación de la Ley 12/1994, de 17 de junio, de Fundaciones del País Vasco.

¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?

En el marco del III PAPME y en consonancia con los fines del Instituto, los proyectos o actividades a subvencionar que se desarrollarán entre el 1 de enero y el 31 de diciembre de 2006 deberán ir dirigidos a la realización de:

a) Programas para potenciar, mediante la realización de actividades, la participación de las mujeres en todos
los ámbitos de la vida política, económica, social y cultural, fomentando el asociacionismo de éstas, así como
la coordinación del movimiento asociativo existente en la Comunidad Autónoma de Euskadi.
b) Programas formativos en materia de educación, cultura, deporte, formación-empleo, salud y servicios
sociales que impulsen la igualdad de oportunidades y trato entre los sexos.
Los programas de manualidades (trabajos manuales, artesanía, cocina, etc.) para ser susceptibles de ser subvencionados deberán ser complementados con otras actividades de formación y/o información sobre la situación social de las mujeres.
c) Programas de difusión de los derechos que el ordenamiento jurídico reconoce a las mujeres y de materiales gráficos o audiovisuales, de temas relacionados con éstas.

Documentos asociados

Boletín: 25/05/2006
BOPV Boletín Oficial del País Vasco- Nº 98
Documento: Bases Reguladoras, Convocatoria 2006 y Anexos Descargar Documento