Subvenciones para fomentar el Autoempleo.

Código de ayuda:

S11246/04

Norma:

Resolución de 14 de abril de 2004.

Plazo de Solicitud:

Fecha Fin: 30/06/2004

Finalidad u objetivo de la ayuda:

Desarrollar Plan Regional de Empleo de Castilla y León:
• El logro del pleno empleo.
• La mejora de la calidad y de la productividad del trabajo.
• El refuerzo de la cohesión y de la inclusión social.

Categorías Subvención

  • Creación nuevas empresas
  • Empleo
  • Financiación Preferente / Préstamos

Localización del organismo gestor

Castilla y León

Convoca:

Consejería de Economía y Empleo (Castilla y León)

¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?

a) En la Subvención Financiera:
Hasta 3.005 euros.

b) En la Renta de Subsistencia:
Hasta 3.005 euros.

c) En la Asistencia Técnica:
Hasta el 50%.

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Autónomos
  • Particulares / Personas físicas

Detalle beneficiarios:

a) Subvención Financiera.
Las personas que se establezcan como trabajadores por cuenta propia.

b) Renta de Subsistencia.
1) Jóvenes menores de 25 años inscritos como desempleados.
2) Trabajadores de 25 o más años que lleven, al menos, 12 meses ininterrumpidos inscritos como desempleados en el Servicio Público de Empleo. A estos efectos la ocupación efectiva por un único período que no supere el mes no interrumpirá el período mencionado a efectos de su cómputo.
3) Perceptores de ingresos mínimos de inserción.
4) Inmigrantes de países no pertenecientes a la Unión Europea, inscritos como desempleados.

c) Asistencia Técnica.
1. Personas inscritas como desempleadas que vayan a iniciar una actividad por cuenta propia.
2. Trabajadores por cuenta propia en aquellos supuestos en que la ampliación de su negocio o actividad, conlleve al menos la contratación de un trabajador por cuenta ajena.

¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?

Promover el autoempleo a través de los siguientes tipos de ayudas, de acuerdo con su regulación específica:
a) Subvención Financiera.
Bonificación de los intereses de préstamos que faciliten la disposición de recursos necesarios para financiar las inversiones requeridas para el establecimiento de los desempleados como trabajadores por cuenta propia.

b) Renta de Subsistencia.
Garantizar unos ingresos mínimos durante el inicio de la actividad por cuenta propia.

c) Asistencia Técnica.
Estudios de viabilidad o de asesoramiento que faciliten el empleo autónomo.

Documentos asociados

Boletín: 20/04/2004
BOCyL Boletín Oficial de Castilla y León- Nº 74
Documento: Convocatoria Descargar Documento
Boletín: 25/11/2004
BOCyL Boletín Oficial de Castilla y León- Nº 228
Documento: Modificación Descargar Documento