Subvenciones para financiar proyectos de cooperación transfronteriza que se realicen entre Aragón y la Región francesa de Aquitania.

Código de ayuda:

S06191/04

Norma:

Orden de 12 de febrero 2004.

Plazo de Solicitud:

Fecha Fin: 08/05/2004

Finalidad u objetivo de la ayuda:

Financiar proyectos de cooperación transfronteriza entre la Comunidad
Autónoma de Aragón y la Región francesa de Aquitania que se realicen durante el año 2004, en el marco del convenio de Cooperación Transfronteriza.

Categorías Subvención

  • Actividades culturales, lingüísticas y Deporte
  • Cooperación empresarial
  • Equipamientos informáticos y Tecnología
  • Medio Ambiente y Energía
  • Turismo y Hostelería

Localización del organismo gestor

Aragón

Convoca:

Departamento de Economía, Industria y Empleo (Aragón)

¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?

Nunca podrán superar el 50% del coste correspondiente a la parte aragonesa en el total del proyecto.

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Asociaciones
  • Asociaciones
  • Cooperativas y Sociedades Laborales no Agrarias
  • Entidades sin ánimo de lucro, Ong´s
  • Fundaciones
  • Microempresas (menos de 10 empleados)
  • Organizaciones Empresariales y Sindicales
  • Particulares / Personas físicas
  • Pymes (menos de 250 empleados)

Detalle beneficiarios:

Las personas físicas o jurídicas residentes en la Comunidad Autónoma de Aragón y en la Región francesa de Aquitania.

¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?

El desarrollo de las siguientes Áreas de cooperación preferente:
a) Estudios sobre ordenación del territorio que favorezcan la permeabilización del macizo pirenaico.

b) Sociedad de la información y desarrollo tecnológico: investigación aplicada y transferencia de nuevas tecnologías; intercambio de investigadores.

c) Medio ambiente y desarrollo sostenible: intercambios en materia de desarrollo agrícola, agroalimentario y medioambiental; actividades económicas relacionadas con el medio ambiente.

d) Educación y Cultura: intercambios pedagógicos; formación de formadores; formación profesional; cooperación de instituciones y entidades; cooperación en materia cultural y deportiva; bilingüismo franco-español.

e) Comercio, industria y turismo: cooperación industrial y desarrollo de empresas; creación de nuevos productos; cooperación a la exportación; cooperación en materia sanitaria de integración social y desarrollo de la economía turística.

Los siguientes gastos subvencionables:
1. De personal tanto administrativo como técnico, relacionados con el proyecto.

2. De adquisición de material, fungible o no, directamente relacionado con el proyecto. En el caso de material informático, será subvencionable la amortización de la inversión que corresponda a los años de duración del proyecto.

3. De desplazamientos y dietas de manutención y alojamiento, valorados de acuerdo a la normativa vigente de cada administración y en su defecto la de la Comunidad Autónoma de Aragón.

4. De edición, publicación y publicidad, donde se deberá hacer constar la cofinanciación del proyecto con cargo a esta Orden.

5. De difícil cuantificación. Los gastos por este concepto no superarán el 10% del total del gasto aprobado. Se contemplan en este apartado aquellos gastos de luz, agua, limpieza, fotocopias, teléfono y comunicaciones. Se deberá disponer de soporte documental de estos gastos así como las fórmulas de imputación en su caso, no siendo necesaria la justificación documental de los mismos.

Requisitos:

1. Los beneficiarios de las subvenciones a que se refiere esta Orden deberán ser personas físicas o jurídicas, públicas o privadas, que tengan vecindad administrativa o domicilio social en la Comunidad Autónoma de Aragón.

2. Asimismo, los beneficiarios deberán presentar un socio en el proyecto que tenga vecindad administrativa o domicilio social en la Región francesa de Aquitania.

Documentos asociados

Boletín: 08/03/2004
BOR Boletín Oficial de Aragón- Nº 29
Documento: Convocatoria Descargar Documento