Subvenciones para financiar programas experimentales destinados a personas jóvenes desempleadas.

Código de ayuda:

S40337/18

Norma:

ORDEN EIE/1243/2018, de 11 de julio. ORDEN EIE/1717/2018, de 18 de octubre. ORDEN EIE/1850/2018, de 15 de noviembre. ORDEN EPE/1006/2019, de 1 de agosto. ORDEN EPE/1526/2019, de 14 de noviembre. ORDEN EPE/1622/2019, de 11 de diciembre.

Plazo de Solicitud:

Hasta el 19 de septiembre de 2019.

Finalidad u objetivo de la ayuda:

El objetivo es favorecer el desarrollo de programas dirigidos a las personas jóvenes no ocupadas y no integradas en los sistemas de educación o formación, que refuercen su empleabilidad, faciliten la adquisición o mejora de sus competencias profesionales y habilidades sociales, generando nuevas oportunidades laborales.

Categorías Subvención

  • Corporaciones Locales
  • Empleo
  • Juventud
  • Recursos Humanos

Localización del organismo gestor

Aragón

Convoca:

Departamento de Economía, Industria y Empleo (Aragón)

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Asociaciones
  • Ayuntamientos/Municipios
  • Entidades sin ánimo de lucro, Ong´s
  • Fundaciones
  • Organismos / Entidades Públicas

Detalle beneficiarios:

a) Entidades de titularidad pública o privada, con o sin ánimo de lucro, con personalidad jurídica propia, que realicen una actividad necesaria para la realización del programa y esté especializada en alguno de los servicios vinculados a las acciones del mismo.

b) Las entidades locales aragonesas, entendiendo como tales, de conformidad con el artículo 2 de la Ley 7/1999, de 9 de abril, de Administración Local de Aragón y el artículo 3 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de Bases de Régimen Local, los municipios, las provincias, las comarcas, la entidad metropolitana de Zaragoza, las mancomunidades de municipios, las comunidades de villa y tierra y las entidades locales menores del territorio que comprende la Comunidad Autónoma de Aragón.

¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?

1. Los programas deberán presentar una orientación basada en resultados, estableciendo un conjunto de actividades coordinadas e interrelacionadas, utilizando un sistema de gestión que muestre con claridad la temporalidad de las acciones realizadas, los servicios ofrecidos, las herramientas utilizadas, los recursos humanos y materiales empleados y los indicadores de ejecución y resultado que permitan realizar una evaluación del programa.

2. Para ser subvencionables los programas deberán cumplir necesariamente los siguientes requisitos:

a) Tener un carácter innovador, entendiendo como tal:

- Aplicación de una metodología novedosa en una o varias de las acciones que formen parte del proyecto.

- Adaptación de actuaciones y especialización de contenidos a la realidad y necesidades de territorios concretos y delimitados, de sectores productivos, o de colectivos de jóvenes con características específcas y defnitorias.

- Cualquier otro aspecto de singularidad propuesto por la entidad, debidamente acreditado.

b) Que incluyan alguna de las siguientes medidas:

- Apoyo a la activación y mejora de la intermediación.

- Mejora de la empleabilidad.

- Fomento del emprendimiento.

Documentos asociados

Boletín: 27/07/2018
BOR Boletín Oficial de Aragón- Nº 145
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Boletín: 05/11/2018
BOR Boletín Oficial de Aragón- Nº 213
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Boletín: 19/08/2019
BOR Boletín Oficial de Aragón- Nº 161
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