Subvenciones para financiar la realizacion del programa de actividades de las Escuelas de Animacion Juvenil y Tiempo Libre en el ambito de la Comunidad de Castilla y Leon para el año 2008.

Código de ayuda:

S08900/08

Norma:

ORDEN FAM/177/2008, de 5 de febrero.

Plazo de Solicitud:

Fecha Fin: 28/02/2008

Finalidad u objetivo de la ayuda:

Mediante la presente Orden se efectúa la convocatoria pública para la concesión, en régimen de concurrencia competitiva, de subvenciones para financiar la realización de programas de actividades a escuelas de animación juvenil y tiempo libre de Castilla y León, para el año 2008 con la finalidad de favorecer la formación juvenil, en el ámbito de la educación no formal.

Categorías Subvención

  • Formación
  • Juventud

Localización del organismo gestor

Castilla y León

Convoca:

Consejería de Familia e Igualdad de Oportunidades (Castilla y León)

¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?

El importe máximo de la subvención a conceder vendrá delimitado por aquellos gastos relacionados en la solicitud, que tengan la consideración de subvencionables de acuerdo con la presente convocatoria y con el
límite máximo por beneficiario de veinte mil euros (20.000 €).

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Asociaciones
  • Cooperativas y Sociedades Laborales no Agrarias
  • Entidades sin ánimo de lucro, Ong´s
  • Fundaciones
  • Microempresas (menos de 10 empleados)
  • Pymes (menos de 250 empleados)

Detalle beneficiarios:

Podrán ser beneficiarios de estas subvenciones las escuelas de animación juvenil y tiempo libre de Castilla y León, legalmente constituidas, reconocidas y registradas en el libro-registro de escuelas de animación juvenil y tiempo libre de la Comunidad Autónoma de Castilla y León, a la fecha de finalización del plazo de presentación de solicitudes.

Quedan excluidos de esta convocatoria las escuelas de animación juvenil y tiempo libre cuya titularidad corresponda a Diputaciones Provinciales o Municipios de más de 20.000 habitantes de la Comunidad
Autónoma de Castilla y León.

¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?

Podrán ser objeto de subvención la realización de programas de actividades de las escuelas de animación juvenil y tiempo libre que comprendan alguna de las siguientes actividades:

a) Cursos de grado para la obtención de titulaciones de tiempo libre.
b) Las especialidades reglamentariamente establecidas.
c) Otras actividades formativas pertenecientes al ámbito de la formación juvenil.

Dichos programas deberán estar contenidos en la programación presentada a la Dirección General de Juventud conforme a la normativa vigente y podrá referirse a programas de actividades llevados a cabo
desde el 2 de noviembre de 2007 hasta el 31 de octubre de 2008.

Podrán ser objeto de subvención, dentro de la realización de programas de actividades:
– Gastos corrientes.
– Gastos para la adquisición de equipamiento necesario para la ejecución de las actividades. Con un límite del 15% de los gastos objeto de subvención concedida.

Documentos asociados

Boletín: 08/02/2008
BOCyL Boletín Oficial de Castilla y León- Nº 27
Documento: Convocatoria 2008 y Anexos Descargar Documento
Boletín: 20/02/2008
BOCyL Boletín Oficial de Castilla y León- Nº 35
Documento: Corrección de Errores Descargar Documento