Subvenciones para financiar la realización del programa de actividades de las Escuelas de AnimaciónJuvenil y Tiempo Libre de Castilla y León para el año 2007.

Código de ayuda:

S16582/07

Norma:

ORDEN FAM/294/2007, de 16 de febrero.

Plazo de Solicitud:

Fecha Fin: 21/03/2007

Finalidad u objetivo de la ayuda:

Mediante la presente Orden se efectúa la convocatoria pública para la concesión, en régimen de concurrencia competitiva, de las subvenciones para financiar la realización de programas de actividades a Escuelas de Animación Juvenil y Tiempo Libre de Castilla y León, para el año 2007.

Los gastos para la realización de actividades se podrán desglosar en:

• Gastos corrientes.
• Gastos para la adquisición de equipamiento necesario para la ejecución de las actividades. No podrá justificarse por importe superior al 15% del total de la subvención que se conceda.

Categorías Subvención

  • Actividades culturales, lingüísticas y Deporte
  • Asociacionismo y Voluntariado
  • Formación

Localización del organismo gestor

Castilla y León

Convoca:

Consejería de Familia e Igualdad de Oportunidades (Castilla y León)

¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?

La cuantía económica de la subvención se concederá en función de la puntuación obtenida, debiendo obtener al menos el 25% de la puntuación máxima alcanzada, para ser beneficiario de la ayuda.

El importe máximo de la subvención concedida, no superará los veinte mil euros por Escuela de Animación Juvenil y Tiempo Libre de Castilla y León.

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Asociaciones
  • Cooperativas y Sociedades Laborales no Agrarias
  • Entidades sin ánimo de lucro, Ong´s
  • Fundaciones
  • Microempresas (menos de 10 empleados)
  • Pymes (menos de 250 empleados)

Detalle beneficiarios:

Podrán ser beneficiarios de estas subvenciones las Escuelas de Animación Juvenil y Tiempo Libre de Castilla y León legalmente constituidas, reconocidas y registradas en el libro-registro de Escuelas de Animación Juvenil y Tiempo Libre de la Comunidad Autónoma de Castilla y León, a la fecha de finalización del plazo de presentación de solicitudes.

Quedan excluidas de esta convocatoria las Escuelas de Animación Juvenil y Tiempo Libre cuya titularidad corresponda a Diputaciones Provinciales o Municipios de más de 20.000 habitantes de la Comunidad Autónoma de Castilla y León.

¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?

Los programas de actividades para los que se puede solicitar la subvención serán los siguientes:

a) Cursos de grado para la obtención de titulaciones de tiempo libre.
b) Las especialidades reglamentariamente establecidas.
c) Otras actividades formativas pertenecientes al ámbito de la formación juvenil.
Dichos programas deberán estar contenidos en la programación presentada a la Dirección General de Juventud conforme a la normativa vigente.

Documentos asociados

Boletín: 01/03/2007
BOCyL Boletín Oficial de Castilla y León- Nº 43
Documento: Convocatoria y Anexos Descargar Documento