Subvenciones para financiar la modernización y gestión sostenible de las infraestructuras de las artes escénicas y musicales de la Comunitat Valenciana.

Código de ayuda:

S01464/22

Norma:

RESOLUCIÓN de 30 de diciembre de 2021.

Plazo de Solicitud:

Hasta el 14 de febrero 2022.

Finalidad u objetivo de la ayuda:

Conceder de subvenciones previstas en el Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia, para financiar la modernización y gestión sostenible de las infraestructuras de las artes escénicas y musicales de la Comunitat Valenciana, mediante procedimiento de concurrencia competitiva.

Categorías Subvención

  • Actividades culturales, lingüísticas y Deporte
  • Equipamientos informáticos y Tecnología

Localización del organismo gestor

Comunidad Valenciana

Convoca:

Conselleria de Educacion, Cultura y Deporte (Comunidad Valenciana)

¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?

El coste subvencionable de las inversiones para las que se solicite esta ayuda no podrá ser superior a 180.000,00 €

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Asociaciones
  • Autónomos
  • Ayuntamientos/Municipios
  • Cooperativas y Sociedades Laborales no Agrarias
  • Entidades sin ánimo de lucro, Ong´s
  • Fundaciones
  • Microempresas (menos de 10 empleados)
  • Organismos / Entidades Públicas
  • Organizaciones Empresariales y Sindicales
  • Pymes (menos de 250 empleados)
  • Sociedades Civiles

Detalle beneficiarios:

a) Las personas físicas y jurídicas, públicas o privadas, que ostenten la propiedad de los inmuebles donde se ubiquen las infraestructuras escénicas y musicales en las que se pretenda llevar a cabo la inversión.

b) Los entes y organismos públicos con personalidad jurídica propia, creados por entidades locales, si tienen asignada la gestión de las infraestructuras escénicas y musicales y han sido autorizados por aquellas para tomar parte en la convocatoria.

c) Las personas físicas y jurídicas, públicas o privadas gestoras de las salas, si han sido autorizadas por sus propietarios para la realización de obras, instalaciones o equipamientos en las mismas. La gestora será responsable de la solicitud de la subvención, de la ejecución de la inversión y de su justificación. Las obligaciones de uso o destino de la sala corresponderán al beneficiario de la ayuda y subsidiariamente al propietario de la misma, de acuerdo con lo dispuesto en las bases reguladoras.

¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?

a) Modernización de sistemas digitales de audio y comunicaciones en red.

b) Modernización de los sistemas de iluminación digital.

c) Modernización de los sistemas de vídeo digital.

d) Modernización de los sistemas de gestión digital de maquinaria escénica.

e) Modernización de las herramientas y sistemas digitales de gestión artística y de producción de espectáculos.

El presupuesto o coste de ejecución material de la inversión, entendido como el resultado obtenido por la suma de los productos del número de cada unidad de obra o suministro por su precio unitario y de las partidas alzadas debidamente justificadas que no podrán suponer más de un 10 % del total.

Los costes, sin IVA, de elaboración del proyecto técnico de la inversión y de dirección de su ejecución, así como otros honorarios que resulten imprescindibles para su correcta realización y que, en conjunto, no podrán superar el 10 % del coste de ejecución material descrito en el párrafo anterior.

El coste subvencionable de las inversiones para las que se solicite esta ayuda no podrá ser superior a 180.000,00 €

El importe que se concederá a quienes resulten beneficiarios de estas subvenciones será el 80 % del presupuesto o coste subvencionable indicado en los párrafos anteriores.

Requisitos:

a) Estar radicadas en algún municipio de la Comunitat Valenciana.

b) Encontrarse en funcionamiento en la temporada 2020-2021. Se entenderá que se cumple este requisito si en la misma se ha ofrecido al público un mínimo de diez representaciones, espectáculos o conciertos
diferentes, todos ellos de carácter profesional.

c) Estar destinadas de manera clara y preferente a la exhibición de espectáculos o representaciones escénicas o musicales de carácter profesional. Se entenderá que se cumple este requisito si al menos en
la temporada 2020/2021 se ha ofrecido al público un mínimo de diez representaciones, espectáculos o conciertos diferentes, todos ellos a cargo de ejecutantes, compañías u orquestas de carácter profesional.

Documentos asociados

Boletín: 05/01/2022
DOGV Diario Oficial de la Generalitat Valenciana- Nº 9250
Documento: Bases, Convocatoria 2022 y Anexos Descargar Documento
Boletín: 05/01/2022
DOGV Diario Oficial de la Generalitat Valenciana- Nº 9250
Documento: Convocatoria 2022 (Extracto) Descargar Documento