Subvenciones para financiar gastos de mantenimiento de Guarderias Infantiles Laborales, durante el ejercicio 2008, en el ambito de la Comunidad Autonoma de Castilla y Leon.

Código de ayuda:

S05737/08

Norma:

ORDEN FAM/80/2008, de 18 de enero.

Plazo de Solicitud:

Fecha Fin: 25/02/2008

Finalidad u objetivo de la ayuda:

La presente Orden tiene por objeto convocar para el ejercicio 2008, subvenciones en régimen de concurrencia competitiva, a personas físicas o jurídicas, que sean titulares de Guarderías Infantiles Laborales, para financiar los gastos de mantenimiento originados en los referidos Centros.

Categorías Subvención

  • Educación y Ciencia
  • Mujeres, Infancia y Ayudas familiares

Localización del organismo gestor

Castilla y León

Convoca:

Consejería de Familia e Igualdad de Oportunidades (Castilla y León)

¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?

La cuantía de la subvención se determinará en base a la puntuación obtenida, de acuerdo con los criterios de valoración establecidos en el apartado undécimo, no pudiendo ésta superar el importe de 72.000 €.

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Autónomos
  • Cooperativas y Sociedades Laborales no Agrarias
  • Microempresas (menos de 10 empleados)
  • Pymes (menos de 250 empleados)

Detalle beneficiarios:

Podrán acceder a estas subvenciones los titulares de Guarderías Infantiles Laborales, personas físicas o jurídicas, autorizadas para impartir el primer ciclo de educación infantil o en trámite de autorización y
calificadas como Guarderías Infantiles Laborales a la fecha de finalización del plazo de presentación de solicitudes, e inscritas en el registro de Centros Infantiles para la Conciliación de la Vida familiar y Laboral.

Quedan excluidas de estas subvenciones las Entidades Locales titulares de Guarderías Infantiles Laborales.

No podrán obtener la condición de beneficiario las personas, físicas o jurídicas, en quienes concurran alguna de las prohibiciones del artículo 13 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.

¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?

La finalidad de estas subvenciones es el fomento y apoyo de las Guarderías Infantiles Laborales que redunde en un menor coste de las plazas y facilite el acceso en condiciones más ventajosas a los niños con
edad comprendida entre 0 y 3 años, hijos de trabajadores por cuenta ajena o de personas inscritas como demandantes de empleo, durante la jornada de trabajo o ausencia del hogar de éstos.

Las subvenciones concedidas al amparo de la presente Orden se destinarán a atender los siguientes gastos:

– Gastos de personal, correspondientes a salarios del personal que preste servicios en cada centro, incluidas las cotizaciones por cuota patronal a la Seguridad Social relativa a la entidad titular del centro,
así como las cantidades asignadas a otros gastos, que comprenderán los del personal de administración y servicios.
– Gastos de alimentación.
– Otros gastos generales de mantenimiento del centro.

Documentos asociados

Boletín: 25/01/2008
BOCyL Boletín Oficial de Castilla y León- Nº 17
Documento: Convocatoria 2008 y Anexos Descargar Documento