Subvenciones para financiar el aprovechamiento de la energia solar fotovoltaica por las Entidades Locales de la Comunidad Autonoma de Cantabria, durante el año 2009 - Ampliación de plazos y modificación.

Código de ayuda:

S01819/09

Norma:

Orden MED/34/2008, de 30 de diciembre. MED/1/2009, de 27 de enero.

Plazo de Solicitud:

Fecha Fin: 09/02/2009

Finalidad u objetivo de la ayuda:

Establecer las bases reguladoras y hacer pública la convocatoria para subvencionar el aprovechamiento fotovoltaico de la energía solar en edificios públicos e instalaciones de uso público, a realizar por las Entidades Locales de la Comunidad Autónoma de Cantabria.

Categorías Subvención

  • Corporaciones Locales
  • Medio Ambiente y Energía

Localización del organismo gestor

Cantabria

Convoca:

Consejería de Medio Ambiente (Cantabria)

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Ayuntamientos/Municipios
  • Organismos / Entidades Públicas

Detalle beneficiarios:

Entidades Locales de la Comunidad Autónoma de Cantabria que, cumplan los requisitos establecidos en el artículo siguiente y prevean realizar las actuaciones contempladas en el artículo 1 de esta Orden.

¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?

1. Se consideran actuaciones subvencionables las obras de primer establecimiento de instalaciones de aprovechamiento de energía solar fotovoltaica, en sus modalidades de conexión a red y aislada.

2. Se considerará gasto subvencionable los de ingeniería, puesta en funcionamiento y conexionado con una limitación máxima de 1.000 euros.

3. Se considerará gasto subvencionable todo aquel que derive de la adquisición e instalación del sistema de aprovechamiento fotovoltaico. La adquisición, en su caso, de un panel electrónico demostrativo de la energía instantánea generada por la instalación será subvencionable, no así los aparatos de consumo (excepto las farolas solares).

4. No se considerarán subvencionables aquellas actuaciones en edificios públicos o instalaciones de uso público que no estén construidos a fecha de la solicitud.

5. Queda expresamente excluida la concesión de subvenciones para la adquisición de terrenos, así como para financiación de gastos corrientes o de funcionamiento.

6. Queda expresamente excluida de la concesión de la subvención el importe del Impuesto del Valor Añadido (IVA).

Requisitos:

1. Presentar un proyecto viable técnicamente.

2. No haber iniciado las actuaciones con anterioridad al1 de enero de 2009.

Documentos asociados

Boletín: 08/01/2009
BOC Boletín Oficial de Cantabria- Nº 4
Documento: Convocatoria 2009, Bases y Anexos Descargar Documento
Boletín: 28/01/2009
BOC Boletín Oficial de Cantabria- Nº 18
Documento: Corrección de Errores Descargar Documento
Boletín: 30/01/2009
BOC Boletín Oficial de Cantabria- Nº 1
Documento: Amplación de Plazos y Modificación Descargar Documento