Subvenciones para financiar actuaciones de movilidad sostenible (construccion de carriles bici) realizadas por los Ayuntamientos de la Comunidad Autonoma de Cantabria, durante los años 2009 y 2010 - Ampliación de plazos y modificación.

Código de ayuda:

S01800/09

Norma:

Orden MED/30/2008, de 30 de diciembre. Orden MED/1/2009, de 27 de enero.

Plazo de Solicitud:

Fecha Fin: 21/02/2009

Finalidad u objetivo de la ayuda:

Establecer las bases reguladoras y hacer pública la convocatoria para subvencionar la realización de actuaciones de movilidad sostenible mediante la construcción de carriles bici que se desarrollen entre el año 2009 y el 15 de diciembre de 2010 por los Ayuntamientos de la Comunidad Autónoma de Cantabria.

Categorías Subvención

  • Medio Ambiente y Energía
  • Otras
  • Transporte

Localización del organismo gestor

Cantabria

Convoca:

Consejería de Medio Ambiente (Cantabria)

¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?

Las subvenciones a conceder durante el año 2009 tendrán una cuantía máxima de un millón doscientos mil
euros (1.200.000,00 euros), y se abonarán con cargo a la aplicación presupuestaria 07.03.456B.762.02.

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Ayuntamientos/Municipios
  • Organismos / Entidades Públicas

Detalle beneficiarios:

Podrán acogerse a estas ayudas los Ayuntamientos de la Comunidad Autónoma de Cantabria que cumplan
los requisitos establecidos a continuación y prevean realizar la actuación contemplada en el artículo anterior.

¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?

1. Se consideran subvencionables las actuaciones de construcción de carriles bici con objeto de desarrollar
actuaciones de movilidad sostenible.

2. Deberá tenerse en cuenta que, la actuación presentada, así como los trabajos que comprenden y sean recogidos en la memoria y posterior proyecto a presentar, concuerden con el carácter medioambiental de la presente convocatoria, garantizando además la protección del espacio para evitar que se produzcan daños en el medio ambiente.

3. Se subvencionará la redacción del proyecto y la dirección de las actuaciones mencionadas en el párrafo
primero, firmado por técnico competente, la cual no será objeto de subvención de forma aislada, sino únicamente como parte integrante de la actuación global subvencionada.

4. Queda expresamente excluida la concesión de subvenciones para la adquisición de terrenos, la edición de folletos, guías o trípticos, así como la financiación de gastos corrientes, de funcionamiento o de contratación de personal ajeno a la ejecución de la obra. Queda expresamente excluida de la concesión de la subvención el importe del Impuesto del Valor Añadido (IVA).

5. No se considera gasto subvencionable la construcción de áreas de recreo anexas, así como el mantenimiento de las existentes.

Requisitos:

- Presentar un proyecto viable técnicamente y cuyo objeto sea el contemplado en la presente orden.

- Realizar las actuaciones entre el año 2009 y el 15 de diciembre de 2010.

Documentos asociados

Boletín: 08/01/2009
BOC Boletín Oficial de Cantabria- Nº 4
Documento: Convocatoria 2009, Bases y Anexos Descargar Documento
Boletín: 30/01/2009
BOC Boletín Oficial de Cantabria- Nº 1
Documento: Ampliación de Plazos y Modificación Descargar Documento