Subvenciones para favorecer la innovacion en el sector del vino, para el año 2015 (ejercicio FEAGA 2016).

Código de ayuda:

S02837/15

Norma:

ORDEN de 15 de enero de 2015. Real Decreto 1079/2014, de 19 de diciembre.

Plazo de Solicitud:

Fecha Fin: 31/01/2015

Finalidad u objetivo de la ayuda:

Convocar ayudas para mejorar la comercialización y la competitividad de los productos vitivinícolas, se concederá apoyo a las inversiones tangibles o intangibles destinadas al desarrollo de nuevos productos, procedimientos y tecnologías.

Categorías Subvención

  • Agricultura, Ganadería, Caza y Pesca
  • Comercio
  • I + D + i (Investigación+Desarrollo+Innovación)

Localización del organismo gestor

Aragón

Convoca:

Departamento de Agricultura, Ganadería y Alimentacion (Aragón)

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Empresas (más de 250 empleados)
  • Microempresas (menos de 10 empleados)
  • Organizaciones y Cooperativas Agrarias
  • Pymes (menos de 250 empleados)
  • Sociedades Civiles

Detalle beneficiarios:

Las empresas que el momento de la presentación de la solicitud sean productoras de los productos mencionados en el artículo anterior y las organizaciones de productores de vino, reconocidas de acuerdo con el artículo 152 del Reglamento (UE) n.º 1308/2013 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 17 de diciembre de 2013, que desarrollen nuevos productos, relacionados con el sector del vino o subproductos del vino o nuevos procedimientos y tecnologías que permitan desarrollar los productos vitícolas.

¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?

Las actuaciones relativas a inversiones tangibles o intangibles que se destinen a la transferencia de conocimiento y/o a la realización de operaciones preparatorias y/o de estudios piloto.

Se consideran subvencionables los proyectos para el desarrollo de:

a) Nuevos productos vitivinícolas relacionados con el sector del vino o subproductos del vino.

b) Nuevos procedimientos y tecnologías que permitan desarrollar los productos vitícolas.

Requisitos:

Los proyectos de los beneficiarios contarán obligatoriamente con la participación de centros de investigación y desarrollo. Estos centros deberán acreditar que no han recibido otras subvenciones para la misma finalidad.

El solicitante deberá de demostrar viabilidad económica, excepto cuando sea una organización de productores de vino reconocida de acuerdo con el artículo 152 del Reglamento (UE) n.º 1308/2013 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 17 de diciembre de 2013 y sea estatutariamente una organización sin ánimo de lucro.

Documentos asociados

Boletín: 20/12/2014
BOE Boletín Oficial del Estado- Nº 307
Documento: Bases Reguladoras Descargar Documento
Boletín: 21/01/2015
BOR Boletín Oficial de Aragón- Nº 13
Documento: Convocatoria 2015 y Anexos. Descargar Documento