Subvenciones para favorecer el autoempleo de jóvenes en el marco del programa REACT-UE.

Código de ayuda:

S50055/21

Norma:

ORDEN EMT/184/2021, de 27 de septiembre. RESOLUCIÓN EMT/3621/2021, de 19 de noviembre.

Plazo de Solicitud:

Hasta el 10 de enero de 2022.

Finalidad u objetivo de la ayuda:

Regular el procedimiento de concesión de subvenciones para favorecer la incorporación al mercado de trabajo de personas jóvenes desocupadas como trabajadores o trabajadoras autónomos en el ámbito temporal que establezca la correspondiente convocatoria de estas ayudas.

Esta actuación podrá recibir cofinanciamiento del Fondo Social Europeo, si contribuye a los resultados que se establezcan en el Programa Operativo FSE Cataluña 2014-2020 modificado para incluir los fondos REACT-UE.

Categorías Subvención

  • Creación nuevas empresas
  • Empleo
  • Juventud

Localización del organismo gestor

Cataluña

Convoca:

Departamento de Empresa y Trabajo (Cataluña)

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Autónomos

Detalle beneficiarios:

Pueden ser beneficiarias de esta ayuda las trabajadores o trabajadoras autónomos que tengan entre 18 y
29 años (ambos incluidos) en el momento de iniciar la actividad como trabajadores o trabajadoras autónomos
y que, previamente, cumplan los requisitos.

¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?

La actuación subvencionable es la acción de iniciar la actividad como trabajador o trabajadora autónomo por cuenta propia y mantenerse en situación de alta en el régimen especial de la Seguridad Social, o mutualidad correspondiente, durante doce meses ininterrumpidos, dentro del ámbito temporal que establezca la resolución de la convocatoria de la ayuda.

Se subvenciona un importe fijo que tiene como objetivo garantizar un ingreso mínimo a cada joven al inicio de su actividad económica como trabajador o trabajadora autónomo. La cuantía de este importe se puede minorar en caso de que la baja se produzca una vez transcurridos 8 meses enteros desde la fecha de inicio de la actividad y antes de los doce meses de alta ininterrumpida como trabajador o trabajadora autónomo, teniendo en cuenta las limitaciones de la base 4.2.e) y de acuerdo con los criterios que establezca la convocatoria correspondiente.

Requisitos:

a) Estar inscritas como personas demandantes de empleo no ocupado (DONO) en el Servicio Público de Empleo
de Cataluña, hasta el día anterior a la fecha de inicio de actividad como persona trabajador o trabajadora autónomo o bien estar dadas de alta en el Registro del Programa de Garantía Juvenil en situación de «inscrito beneficiario» el día anterior a la fecha de inicio de su actividad como trabajadores o trabajadoras autónomos.

b) Tener entre 18 i 29 años (ambos incluidos) a la fecha de inicio de la actividad como trabajador o
trabajadora autónomo.

c) Haber iniciado la actividad económica como trabajador o trabajadora autónomo con carácter previo a la
presentación de la solicitud de esta ayuda.

d) Tener domicilio fiscal y, si procede, el centro de trabajo en Cataluña.

e) No estar contratadas por cuenta ajena ni al inicio de la actividad como trabajadores o trabajadoras
autónomos ni durante todo el periodo subvencionable, salvo lo que se prevé en la base 4.2 e).

f) Cumplir otros requisitos específicos relacionados con la actividad en régimen de trabajo autónomo que lleva a cabo la persona solicitante de la ayuda, en caso de que lo determine la convocatoria correspondiente.

g) Acreditar la realización de la formación específica, durante el periodo subvencionable, en caso de que lo determine la convocatoria correspondiente.

h) No haber sido beneficiarias de esta ayuda o similar, según especifique la convocatoria correspondiente.

Documentos asociados

Boletín: 30/09/2021
DOGC Diario Oficial de la Generalitat de Cataluña- Nº 8513
Documento: Bases Reguladoras 2021 Descargar Documento
Boletín: 09/12/2021
DOGC Diario Oficial de la Generalitat de Cataluña- Nº 8559
Documento: Convocatoria 2022 (Extracto) Descargar Documento
Boletín: 09/12/2021
DOGC Diario Oficial de la Generalitat de Cataluña- Nº 8559
Documento: Convocatoria 2022 Descargar Documento
Boletín: 13/01/2022
DOGC Diario Oficial de la Generalitat de Cataluña- Nº 8583
Documento: Corrección de Errores Descargar Documento