Subvenciones para facilitar la movilidad geográfica de las mujeres víctimas de violencia de género, en el marco del Pacto de Estado contra la violencia de género.- Convocatoria 2023.

Código de ayuda:

S35028/23

Norma:

RESOLUCIÓN de 25 de agosto de 2023.

Plazo de Solicitud:

Hasta el 30 de noviembre de 2023.

Finalidad u objetivo de la ayuda:

Estas ayudas se conceden en régimen de concurrencia no competitiva y su finalidad es facilitar la movilidad geográfica de las mujeres víctimas de violencia de género cuando, a causa de esa situación, se hayan visto obligadas a cambiar su residencia habitual como consecuencia de su contratación por cuenta ajena o establecimiento por cuenta propia.

Categorías Subvención

  • Mujeres, Infancia y Ayudas familiares
  • Sanidad, Servicios Sociales y Mayores

Localización del organismo gestor

Galicia

Convoca:

Consellería de Promoción del Empleo e Igualdad (Galicia)

¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?

Para la concesión de estas ayudas se destina crédito por un importe total de cuarenta mil euros (40.000,00 €). La financiación se enmarca en los fondos del Pacto de Estado contra la violencia de género correspondientes a la Comunidad Autónoma de Galicia para 2023.

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Particulares / Personas físicas

Detalle beneficiarios:

Las mujeres víctimas de violencia de género que cumplan los requisitos.

¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?

Serán subvencionables los siguientes tipos de gastos:

1. Gastos de desplazamiento.

2. Gastos de transporte de mobiliario y enseres.

3. Gastos de alojamiento.

4. Gastos de escuelas infantiles y de atención a personas dependientes.

Requisitos:

a) Que acrediten su situación por cualquiera de los medios previstos en el artículo 5 de la Ley 11/2007, de 27 de julio, gallega para la prevención y el tratamiento integral de la violencia de género.

En todo caso, la documentación acreditativa de la situación de violencia de género debe estar emitida en el plazo de los 24 meses anteriores al cambio de residencia.

A los efectos de esta resolución también tendrán la condición de víctima de violencia de género las mujeres que hayan padecido violencia vicaria o violencia por interposita persona.

b) Que hayan cesado la relación de convivencia con su agresor.

c) Que la media de los ingresos brutos mensuales de la solicitante no supere el límite del importe de 3,5 veces el IPREM vigente en los 6 meses anteriores a la fecha de presentación de la solicitud.

Las ayudas recogidas en la presente resolución se reconocerán cuando el traslado se haya producido con posterioridad al 1 de enero de 2021.

Documentos asociados

Boletín: 06/09/2023
DOG Diario Oficial de Galicia- Nº 169
Documento: Bases y Convocatoria Descargar Documento
Boletín: 06/09/2023
DOG Diario Oficial de Galicia- Nº 169
Documento: Convocatoria 2023 (Extracto) Descargar Documento