Subvenciones para establecer nuevos puntos de recarga semirrápida para vehículo eléctrico dentro del marco del impuesto sobre estancias turísticas en las Illes Balears y de medidas de impulso del turismo sostenible.

Código de ayuda:

S64346/18

Norma:

Resolución de 10 de diciembre de 2018. Resolución de 12 de noviembre de 2020. Resolución de 27 de septiembre de 2021. Resolución de 12 de diciembre de 2022.

Plazo de Solicitud:

Desde el 27 de diciembre de 2022 y finalizará el 30 de junio de 2024.

¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?

Aproximadamente 300.000

Finalidad u objetivo de la ayuda:

El objeto de esta Resolución es aprobar y regular la convocatoria pública de ayudas para fomentar la instalación de nuevos puntos de recarga públicos para vehículo eléctrico, en el marco del impuesto sobres estancias turísticas en las Illes Balears y de medidas de impulso del turismo sostenible.

También es objeto de esta convocatoria subvencionar adicionalmente la instalación de pérgolas fotovoltaicas y sistemas de acumulación de ion litio que se incorporen en los nuevos puntos de recarga para su suministro y los contratos de mantenimiento de los puntos de recarga.

Categorías Subvención

  • Medio Ambiente y Energía
  • Transporte
  • Turismo y Hostelería

Localización del organismo gestor

Islas Baleares

Convoca:

Consejería de Transición Energética, Sectores Productivos y Memoria Democrática (Islas Baleares)

¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?

1. La cuantía individual para cada actuación que se menciona en el apartado cuarto de esta resolución del coste subvencionable será del 100 % del equipo de recarga, con un máximo de 4.000 euros para puntos de recarga simples y 7.000 euros para puntos dobles que permitan la recarga simultánea de dos vehículos.

2. En el caso de puntos de recarga que incorporen pérgolas fotovoltaicas y/o sistemas de acumulación de ion litio, se establecerá una cuantía de subvención adicional del 100 % sobre el valor de la inversión admisible, que será de 1,5 €/Wp para la instalación de las pérgolas y de 500 €/kWh en los sistemas de acumulación de ion litio.

3. En el caso de los contratos de mantenimiento, se establecerá una subvención adicional del 100 % del importe del contrato de mantenimiento con un máximo de 1.800 euros/año y un máximo total de 9.000 euros por beneficiario. En caso de resolución del contrato de mantenimiento subvencionado, deberá presentarse a la Dirección General de Energía y Cambio Climático una copia de otro que cubra los requisitos mínimos de esta convocatoria y el resto del periodo de mantenimiento subvencionado; en caso contrario, se reintegrará el importe que corresponda de la subvención cobrada por este concepto.

4. El importe máximo subvencionable por beneficiario será de 300.000 euros. Sin embargo, en caso de que quede crédito disponible una vez finalizado el plazo para solicitudes, se podrán atender las peticiones de subvención que superen los 300.000 euros.

5. En caso de que el beneficiario reciba otras subvenciones o ayudas para la misma actividad o tipo de actuación, el importe de las subvenciones que establece esta resolución no podrá ser, en ningún caso, de tal cuantía que, de forma aislada o en concurrencia con otras subvenciones o ayudas, supere el coste de la actividad subvencionada.

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Ayuntamientos/Municipios
  • Fundaciones
  • Organismos / Entidades Públicas
  • Universidades Públicas y Privadas / Centros de Enseñanza

Detalle beneficiarios:

a) Los organismos autónomos, las entidades públicas empresariales, las sociedades mercantiles públicas, las fundaciones del sector público y los consorcios que desarrollen su actividad en el ámbito territorial de la comunidad autónoma de las Illes Balears.

b) Los consejos insulares, los ayuntamientos y las entidades locales menores de la comunidad autónoma de las Illes Balears. Los ayuntamientos deberán manifestar, por acuerdo del órgano competente, la decisión de adherirse al convenio de colaboración con la Consejería de Transición Energética, Sectores Productivos y Memoria Democrática o con el Instituto Balear de la Energía y el consejo insular correspondiente para el desarrollo de un proyecto piloto para la implantación de la movilidad eléctrica en las Illes Balears (MELIB).

c) Las universidades, centros de investigación y centros tecnológicos con sede en el territorio de las Illes Balears.

¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?

Se podrá recibir ayuda para el establecimiento de nuevos puntos de recarga pública para vehículo eléctrico, ubicados en la vía pública o en aparcamientos públicos de libre acceso, así como para la infraestructura eléctrica para la conexión.

También será subvencionable la instalación de pérgolas fotovoltaicas y baterías de litio para el suministro de los nuevos puntos de recarga.

Documentos asociados

Boletín: 25/12/2018
BOIB Boletín Oficial de las Islas Baleares- Nº 161
Documento: Bases, Convocatoria 2019 y Anexos Descargar Documento
Boletín: 25/12/2018
BOIB Boletín Oficial de las Islas Baleares- Nº 161
Documento: Convocatoria 2019 (Extracto) Descargar Documento
Boletín: 28/09/2019
BOIB Boletín Oficial de las Islas Baleares- Nº 132
Documento: Corrección errores convocatoria Descargar Documento
Boletín: 21/07/2020
BOIB Boletín Oficial de las Islas Baleares- Nº 129
Documento: Modificación Convocatoria Descargar Documento
Boletín: 17/11/2020
BOIB Boletín Oficial de las Islas Baleares- Nº 196
Documento: Convocatoria 2020 Descargar Documento
Boletín: 17/11/2020
BOIB Boletín Oficial de las Islas Baleares- Nº 196
Documento: Convocatoria 2020 (Extracto) Descargar Documento
Boletín: 02/10/2021
BOIB Boletín Oficial de las Islas Baleares- Nº 135
Documento: Ampliación de Crédito Descargar Documento
Boletín: 15/12/2022
BOIB Boletín Oficial de las Islas Baleares- Nº 163
Documento: Convocatoria 2022 Descargar Documento
Boletín: 15/12/2022
BOIB Boletín Oficial de las Islas Baleares- Nº 163
Documento: Convocatoria 2022 (Extracto) Descargar Documento