Subvenciones para equipamiento y obras de centros privados que forman parte de la red de centros integrales de Formación Profesional.

Código de ayuda:

S01146/03

Norma:

Orden de 2 de septiembre de 2.003.

Plazo de Solicitud:

Fecha Fin: 24/10/2003

Finalidad u objetivo de la ayuda:

La dotación de equipamiento y obras necesarias para impartir la formación propia de las familias profesionales que en Formación Profesional Específica imparten los centros privados que forman parte de la red de centros integrales de Formación Profesional que prevé el Plan Vasco de Formación Profesional, así como los centros privados con los que se establecen convenios en alguna familia profesional.

Categorías Subvención

  • Formación
  • Inversiones Materiales y Equipos

Localización del organismo gestor

País Vasco

Convoca:

Departamento de Educación (País Vasco)

¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?

Se destina durante el ejercicio 2003, la cantidad de 3.035.111 euros. De esta cantidad se destinarán 2.730.000 euros para equipamiento y 305.111 euros para obras.

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Cooperativas y Sociedades Laborales no Agrarias
  • Microempresas (menos de 10 empleados)
  • Pymes (menos de 250 empleados)

Detalle beneficiarios:

Centros privados que formen parte de la red de centros integrales de Formación Profesional, y que estén referidos a Ciclos Formativos de Formación Profesional Específica.

¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?

Los proyectos de adquisición de equipamiento y ejecución de obras necesarias, para impartir la formación propia de las familias profesionales de Formación Profesional Específica que presenten los centros privados.

Requisitos:

a) No encontrarse inhabilitado para la percepción de subvención en la fecha de publicación de la presente Orden por cualquiera de las infracciones previstas en la normativa reguladora de los conciertos educativos o en cualquier otra.
b) Estar al corriente del pago de sus obligaciones sociales y tributarias.
c) La concesión y, en su caso, el pago de las subvenciones y ayudas a los beneficiarios de éstas, quedarán condicionados a la terminación de cualquier procedimiento de reintegro o sancionador que se halle todavía en tramitación.

Documentos asociados

Boletín: 24/07/2003
BOPV Boletín Oficial del País Vasco- Nº 186
Documento: Convocatoria Descargar Documento