Subvenciones para entidades sin animo de lucro que desarrollan proyectos dirigidos al apoyo y la atencion a mujeres jovenes embarazadas y a madres y padres jovenes que tienen dificultades sociales o personales.- Convocatoria 2012.

Código de ayuda:

S31291/12

Norma:

Resolución de 25 de julio de 2012.

Plazo de Solicitud:

Fecha Fin: 03/09/2012

Finalidad u objetivo de la ayuda:

Subvenciones para entidades sin ánimo de lucro que desarrollan proyectos dirigidos al apoyo y la atencióna
mujeres jóvenes embarazadas y a madres y padres jóvenes, menores de 30 años, que tienen dificultades sociales o personales, para el año 2012.

Categorías Subvención

  • Asociacionismo y Voluntariado
  • Juventud
  • Mujeres, Infancia y Ayudas familiares
  • Sanidad, Servicios Sociales y Mayores

Localización del organismo gestor

Islas Baleares

Convoca:

Consejería de Salud, Familia y Bienestar Social (Islas Baleares)

¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?

El importe de las subvenciones concedidas en ningún caso no puede ser de una cuantía que, aisladamente o en concurrencia con subvenciones o ayudas de otras administraciones o entes públicos o privados, tanto estatales como internacionales, supere el coste total de la actividad que la entidad solicitante tiene que llevar a cabo.

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Asociaciones
  • Entidades sin ánimo de lucro, Ong´s
  • Fundaciones
  • Particulares / Personas físicas

Detalle beneficiarios:

Las personas jurídicas sin ánimo de lucro válidamente constituidas que tienen la sede principal en la Comunidad Autónoma de las Illes Balears, que están inscritas en el registro correspondiente y que llevan dos años, como mínimo, desarrollando las actividades que son objeto de la subvención.

¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?

a) La información y divulgación de los recursos disponibles para jóvenes embarazadas y padres y madres menores de 30 años.

b) El asesoramiento legal, social y psicológico a mujeres menores de 30 años por razón de su embarazo.

c) La formación y orientación para la inserción socio laboral a jóvenes embarazadas y padres y madres menores de 30 años.

d) La prestación de ayudas y alimentos para bebés.

e) El alojamiento y manutención de las jóvenes embarazadas o padres o madres menores de 30 años sin pareja ni recursos económicos durante el primer año de vida del bebé.

Requisitos:

No pueden ser beneficiarias de estas subvenciones las personas jurídicas en las que concurren algunas de las prohibiciones establecidas en los apartados 1 y 2 del artículo 10 del Decreto Legislativo 2/2005, de 28 de diciembre, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley de Subvenciones.

Documentos asociados

Boletín: 14/08/2012
BOIB Boletín Oficial de las Islas Baleares- Nº 117
Documento: Bases y Convocatoria 2012. Descargar Documento