Subvenciones para entidades privadas sin animo de lucro para el desarrollo de los modulos obligatorios de los Programas de Cualificacion Profesional Inicial, en las modalidades de Taller Profesional y Taller Especifico en la Comunidad Autonoma de Cantabria.

Código de ayuda:

S24019/10

Norma:

Orden EDU/27/2010 de 5 de abril.

Plazo de Solicitud:

Fecha Fin: 03/05/2010

Finalidad u objetivo de la ayuda:

Potenciar la oferta formativa de los Programas de Cualificación Profesional Inicial dirigida a los jóvenes con mayor riesgo de exclusión social y laboral, para mejorar sus posibilidades de incorporación a la vida activa o, incluso, proseguir su formación. Estas subvenciones no incluirán gastos de inversiones en infraestructura ni en equipamiento.

Categorías Subvención

  • Asociacionismo y Voluntariado
  • Educación y Ciencia
  • Formación

Localización del organismo gestor

Cantabria

Convoca:

Consejería de Educación y Formación Profesional (Cantabria)

¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?

La cuantía de las ayudas con las que se financia cada uno de los proyectos estará determinada por las disponibilidades presupuestarias, y en función de la ponderación de los criterios establecidos para la concesión. Esta cuantía no podrá superar la cantidad de 40.000 euros para la modalidad de Taller Profesional, ni de 80.000 euros para la modalidad de Taller Específico con duración de dos cursos académicos.

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Asociaciones
  • Entidades sin ánimo de lucro, Ong´s
  • Fundaciones

Detalle beneficiarios:

Podrán acogerse a esta convocatoria las entidades privadas sin ánimo lucro que cumplan los requisitos establecidos en la presente Orden, así como las condiciones establecidas en la Orden EDU/42/2008, de 19 de mayo, por la que se regulan los Programas de Cualificación Profesional Inicial que se desarrollen en la Comunidad Autónoma de Cantabria.

¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?

En todas las modalidades las cuantías deberán destinarse a sufragar los gastos originados en los siguientes conceptos:

A) Costes de personal formador.

B) Gastos de funcionamiento ocasionados por el desarrollo del Programa.

C) En su caso, costes derivados del desarrollo y seguimiento de la Fase de Prácticas en Centros de Trabajo (FPCT).

D) Costes derivados del establecimiento de un seguro de accidentes y responsabilidad civil del alumnado. La cobertura de este seguro incluirá, la Fase de Prácticas en Centros de Trabajo.

E) Coste de personal derivado de la gestión y mantenimiento del Programa.

F) Excepcionalmente, la Dirección General de Formación Profesional y Educación Permanente, previo informe favorable del Servicio de Inspección de Educación, y sólo cuando la situación concreta del alumno lo justifique, podrá autorizar que los gastos de transporte y manutención de éste sean imputados al Programa. Las entidades tramitarán la solicitud a la Dirección General de Formación Profesional y Educación Permanente, la cual se encargará de recabar los informes oportunos.

Documentos asociados

Boletín: 14/04/2010
BOC Boletín Oficial de Cantabria- Nº 70
Documento: Bases Reguladoras, Convocatoria 2010 y Anexos. Descargar Documento