Subvenciones para entidades locales para proyectos de fomento y apoyo a la igualdad de oportunidades entre mujeres y hombres, de eliminación de cualquier forma de discriminación por razón de sexo y de prevención e intervención ante las violencias machistas para los años 2021 y 2022.

Código de ayuda:

S15400/21

Norma:

Resolución de 19 de abril de 2021. Orden de 18 de mayo de 2009.

Plazo de Solicitud:

Hasta el 24 de mayo de 2021.

Finalidad u objetivo de la ayuda:

Conceder ayudas a ayuntamientos y agrupaciones de ayuntamientos para proyectos de fomento y apoyo a la igualdad de oportunidades entre mujeres y hombres, de eliminación de cualquier forma de discriminación por razón de sexo y de prevención e intervención ante las violencias machistas, en el marco de las actuaciones previstas en las letras c) Programas y actuaciones encaminadas a erradicar la violencia contra las mujeres, y l) Proyectos de investigación, estudios, publicaciones y otros trabajos técnicos.

Categorías Subvención

  • Corporaciones Locales
  • Mujeres, Infancia y Ayudas familiares

Localización del organismo gestor

Islas Baleares

Convoca:

Instituto Balear de la Mujer (Islas Baleares)

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Ayuntamientos/Municipios

Detalle beneficiarios:

Entidades Locales.

¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?

Las acciones susceptibles de ayuda se han de enmarcar dentro de las medidas incluidas en el Pacto de Estado, recogidas en el anexo 3 de esta convocatoria.

2.1. Son acciones susceptibles de ayuda, en el marco de esta convocatoria, las incluidas dentro de estos dos programas:

a) Programas y actuaciones dirigidos a erradicar la violencia contra las mujeres (modalidad A).

b) Proyectos de investigación, estudios y otros trabajos técnicos (modalidad B)

2.2. No son objeto de esta convocatoria las ayudas para adquirir bienes y equipamientos inventariables o para hacer obras o para gastos de mantenimiento de la entidad. En el presupuesto de gastos de las actividades no se pueden incluir (y, en todo caso, no se tendrán en cuenta) los gastos de material fungible de carácter administrativo ni ningún tipo de gasto relacionado con el alquiler, el uso y el mantenimiento de locales.

2.3. No son objeto de esta convocatoria los gastos de personal de las entidades locales derivadas de necesidades estructurales de personal; únicamente se podrán imputar gastos de personal vinculados al desarrollo de proyectos o programas de carácter temporal.

Documentos asociados

Boletín: 26/05/2009
BOIB Boletín Oficial de las Islas Baleares- Nº 76
Documento: Bases Reguladoras Descargar Documento
Boletín: 22/04/2021
BOIB Boletín Oficial de las Islas Baleares- Nº 53
Documento: Convocatoria 2021 y 2022 Descargar Documento
Boletín: 01/05/2021
BOIB Boletín Oficial de las Islas Baleares- Nº 57
Documento: Ampliación Plazo Solicitudes Descargar Documento