Subvenciones para entidades de acción voluntaria y entidades locales enmarcadas en el programa Servicio de voluntariado juvenil.

Código de ayuda:

S04564/20

Norma:

ORDEN de 7 de enero de 2020.

Plazo de Solicitud:

Hasta el 3 de marzo de 2020.

Finalidad u objetivo de la ayuda:

Establecer las bases reguladoras por las que se regirán las subvenciones dirigidas a entidades de acción voluntaria y a entidades locales enmarcadas en el programa Servicio de voluntariado juvenil, desde el 1 de enero hasta el 31 de octubre, y proceder a su convocatoria para el año 2020. Dicho programa consiste en incorporar a las entidades de acción voluntaria y a las entidades locales inscritas en el Registro de Acción Voluntaria de Galicia a jóvenes gallegas/os para su colaboración como personas voluntarias en la realización de los proyectos de voluntariado que se presenten, dentro de las áreas prioritarias, de acuerdo
con esta convocatoria.

Categorías Subvención

  • Asociacionismo y Voluntariado
  • Corporaciones Locales
  • Juventud

Localización del organismo gestor

Galicia

Convoca:

Consellería de Politica Social (Galicia)

¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?

La cuantía de la ayuda podrá superar los 4.800 €, que correspondería a un proyecto de 8 personas voluntarias colaborando 6 horas al día por un total de 60 días; o la cantidad de 12.000 €, que correspondería a un proyecto de 20 personas voluntarias colaborando 6 horas al día por un total de 60 días, en aquellos casos en que se pueda solicitar hasta un máximo de 20 personas voluntarias.

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Asociaciones
  • Ayuntamientos/Municipios
  • Entidades sin ánimo de lucro, Ong´s
  • Fundaciones
  • Organismos / Entidades Públicas

Detalle beneficiarios:

Entidades de acción voluntaria y entidades locales que realicen proyectos de voluntariado enmarcados en el programa Servicio de voluntariado juvenil, desde el 1 de enero hasta el 31 de octubre de 2020.

¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?

Serán subvencionables los proyectos de acción voluntaria presentados por entidades de acción voluntaria y entidades locales siempre que dicha acción voluntaria la desarrollen jóvenes de edades comprendidas entre los 16 y los 30 años. Para los menores de 18 años se precisa, además, autorización de la/del madre/padre o tutora/tutor legal, y que se realicen en el ámbito territorial de la Comunidad Autónoma de Galicia; prioritaria pero no exclusivamente, en alguna/s de las siguientes áreas:

a) Actividades relacionadas con el Camino de Santiago.

b) Actividades de recuperación de la cultura/arte/tradiciones populares gallegas.

c) Actividades con colectivos en situación de riesgo.

d) Actividades juveniles.

e) Actividades medioambientales.

f) Actividades relacionadas con la igualdad de género o actuaciones dirigidas a proyectos o programas que desarrollen medidas orientadas a la prevención y sensibilización en materia de violencia de genero.

g) Puesta en marcha de programas de voluntariado en el ámbito familiar por parte de las entidades.

h) Actividades relacionadas con la puesta en valor del medio rural.

i) Actividades relacionadas con el bienestar de las personas mayores.

Documentos asociados

Boletín: 03/02/2020
DOG Diario Oficial de Galicia- Nº 22
Documento: Bases, Convocatoria 2020 y Anexos Descargar Documento
Boletín: 03/02/2020
DOG Diario Oficial de Galicia- Nº 22
Documento: Convocatoria 2020 (Extracto) Descargar Documento