Subvenciones para entidades de acción voluntaria de carácter privado para el fomento y la realización de actividades de voluntariado.

Código de ayuda:

S42091/19

Norma:

ORDEN de 24 de junio de 2019. ORDEN de 17 de octubre de 2019.

Plazo de Solicitud:

Hasta el 5 de agosto de 2019.

¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?

Aproximadamente 4.000

Finalidad u objetivo de la ayuda:

Establecer las bases reguladoras por las que se regirán las subvenciones dirigidas a entidades de acción voluntaria de carácter privado para el fomento y la realización de actividades de voluntariado desde el 1 de enero hasta el 31 de octubre y convocarlas para el año 2019. Los programas y actividades de acción voluntaria presentados por las entidades de carácter privado y sin ánimo de lucro deberán desarrollarse en el ámbito territorial de la Comunidad Autónoma de Galicia.

Categorías Subvención

  • Asociacionismo y Voluntariado

Localización del organismo gestor

Galicia

Convoca:

Consellería de Politica Social (Galicia)

¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?

La cuantía máxima de la ayuda por proyecto no podrá superar la cantidad de 4.000 euros ni el 75 % del presupuesto total del proyecto presentado.

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Asociaciones
  • Entidades sin ánimo de lucro, Ong´s
  • Fundaciones

Detalle beneficiarios:

Entidades de acción voluntaria de carácter privado que realicen proyectos de voluntariado para el fomento y la realización de actividades de voluntariado desde el 1 de enero hasta el 31 de octubre de 2019.

Requisitos:

a) Que las entidades de acción voluntaria de carácter privado estén legalmente constituidas e inscritas en el Registro de Acción Voluntaria de Galicia en la fecha de publicación de esta orden en el Diario Oficial de Galicia. No obstante, también podrán solicitar ayudas las entidades privadas no inscritas que, en la fecha de publicación de esta orden en el Diario Oficial de Galicia, hayan presentado solicitud de inscripción en la sección de entidades del Registro de Acción Voluntaria de Galicia.

b) Tener sede permanente o domicilio social en Galicia y desarrollar los programas subvencionables en la Comunidad Autónoma gallega a través de personas voluntarias.

c) Tener debidamente contratados todos los seguros de responsabilidad civil y de accidentes de todas las personas voluntarias que participen en el proyecto presentado, durante todo el tiempo de ejecución de este.

Documentos asociados

Boletín: 04/07/2019
DOG Diario Oficial de Galicia- Nº 126
Documento: Bases, Convocatoria 2019 y Anexos Descargar Documento
Boletín: 04/07/2019
DOG Diario Oficial de Galicia- Nº 126
Documento: Convocatoria 2019 (Extracto) Descargar Documento
Boletín: 23/10/2019
DOG Diario Oficial de Galicia- Nº 202
Documento: Modificación Convocatoria Descargar Documento