Subvenciones para el programa de refuerzo de lengua extranjera durante el curso académico 2019-2020, en centros privados concertados que imparten ciclos formativos.

Código de ayuda:

S55064/19

Norma:

ORDEN de 8 de octubre de 2019.

Plazo de Solicitud:

Hasta el 11 de noviembre de 2019.

Finalidad u objetivo de la ayuda:

La presente Orden convoca las subvenciones del programa de refuerzo de lengua extranjera en Centros Privados Concertados que imparten ciclos formativos durante el curso académico 2019-2020.

Categorías Subvención

  • Actividades culturales, lingüísticas y Deporte
  • Educación y Ciencia

Localización del organismo gestor

País Vasco

Convoca:

Departamento de Educación (País Vasco)

¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?

La cuantía de la subvención es, como máximo, de 40 euros por hora de impartición por cada grupo constituido autorizado. En caso de que la cuantía total a conceder supere la dotación presupuestaria de la presente Orden, se procederá a minorar la cuantía por hora, teniendo en cuenta el número total de horas de formación que se impartirán, de acuerdo con los grupos que se autoricen, hasta ajustar el total de la subvención a la dotación presupuestaria.

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Cooperativas y Sociedades Laborales no Agrarias
  • Entidades sin ánimo de lucro, Ong´s
  • Microempresas (menos de 10 empleados)
  • Pymes (menos de 250 empleados)
  • Sociedades Civiles
  • Universidades Públicas y Privadas / Centros de Enseñanza

Detalle beneficiarios:

Podrán ser beneficiarios de las subvenciones reguladas en la presente Orden todos aquellos centros privados concertados autorizados oficialmente para impartir ciclos formativos de formación profesional en la CAPV. El centro solicitante deberá cumplir con los requisitos establecidos en la Ley de Principios Ordenadores de la Hacienda General del País Vasco (Texto Refundido aprobado por el Decreto Legislativo 1/1997, de 11 de noviembre), en el artículo 13 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones y en el Real Decreto 887/2006, de 21 de julio, por el que se aprueba el Reglamento de la Ley General de Subvenciones, normativa vigente para ser beneficiario de estas ayudas.

¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?

Será subvencionable la impartición de cursos de lengua extranjera al alumnado de ciclos formativos de formación profesional, en el propio centro, fuera del horario lectivo, de una duración mínima de 80 horas y máxima de 100 horas, a razón de un mínimo de 4 horas semanales y un máximo de 8, durante el curso académico 2019-2020.

Documentos asociados

Boletín: 11/10/2019
BOPV Boletín Oficial del País Vasco- Nº 194
Documento: Bases, Convocatoria 2019 y Anexos Descargar Documento