Subvenciones para el programa de empleo con apoyo como medida de fomento del empleo de personas con discapacidad en el mercado ordinario de trabajo, y se procede a su convocatoria para el año 2010.

Código de ayuda:

S65228/08

Norma:

Orden de 09/10/2008. Resolución de 14/05/2010.

Plazo de Solicitud:

Fecha Fin: 25/06/2010

Finalidad u objetivo de la ayuda:

Fomentar el empleo de las personas con discapacidad en el mercado ordinario de trabajo, mediante la concesión, en régimen de concurrencia competitiva, de subvenciones a los promotores de proyectos
de empleo con apoyo, para financiar los costes laborales y de Seguridad Social de los preparadores laborales contratados para llevar a cabo las acciones de apoyo a las personas con discapacidad con mayores dificultades de inserción en los centros de trabajo de Castilla-La Mancha, cuyas bases reguladoras se encuentran en la Orden de 09/10/2008, de la Consejería de Trabajo y Empleo.

Categorías Subvención

  • Asociacionismo y Voluntariado
  • Discapacidad / Personas con discapacidad
  • Empleo

Localización del organismo gestor

Castilla-La Mancha

Convoca:

Consejería de Trabajo y Empleo (Castilla-La Mancha)

¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?

La cuantía de dichas subvenciones se establece en función del número de trabajadores con el tipo de discapacidad y el grado de minusvalía indicados en la Disposición 8ª de la Orden de 09/10/2008, destinatarios de las acciones de empleo con apoyo, contratados para prestar servicios en centros de trabajo radicados en Castilla-La Mancha, correspondiendo:

a) 6.600 euros anuales por cada trabajador incluido en el apartado a), de la citada Disposición 8ª.2.
b) 4.000 euros anuales por cada trabajador incluido en el apartado b), de la citada Disposición 8ª.2, y
c) 2.500 euros anuales por cada trabajador incluido en el apartado c) y d) de la citada Disposición 8ª.2.

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Asociaciones
  • Asociaciones
  • Autónomos
  • Ayuntamientos/Municipios
  • Cooperativas y Sociedades Laborales no Agrarias
  • Cooperativas y Sociedades Laborales no Agrarias
  • Entidades sin ánimo de lucro, Ong´s
  • Fundaciones
  • Microempresas (menos de 10 empleados)
  • Organismos / Entidades Públicas
  • Organizaciones Empresariales y Sindicales
  • Particulares / Personas físicas
  • Pymes (menos de 250 empleados)
  • Sociedades Civiles

Detalle beneficiarios:

1. Asociaciones, fundaciones y otras entidades sin ánimo de lucro que suscriban el correspondiente convenio de colaboración con la empresa que va a contratar a los trabajadores con discapacidad a los que se les va a prestar el empleo con apoyo.

2. Centros Especiales de Empleo, calificados e inscritos como tales en el Registro correspondiente, que suscriban un convenio de colaboración con la empresa que va a contratar a trabajadores con discapacidad procedentes de la plantilla del mismo centro o de otros centros especiales de empleo.

3. Las empresas del mercado ordinario de trabajo, incluídos los trabajadores autónomos, que contraten a los trabajadores con discapacidad beneficiarios de de dichas acciones.

Tendrán la consideración de destinatarios finales los trabajadores y trabajadoras con discapacidad inscritas en el Servicio Público de Empleo de Castilla-La Mancha como demandantes de empleo no ocupadas, así como trabajadores y trabajadoras con discapacidad contratados por Centros Especiales de Empleo, siempre que, en ambos casos, se encuentren en alguno de los supuestos que se describen a continuación:

a) Personas con parálisis cerebral, personas con enfermedad mental o personas con discapacidad intelectual con un grado de minusvalía reconocido igual o superior al 33%.
b) Personas con discapacidad física o sensorial con un grado de minusvalía reconocida igual ó superior al 65%.
c) Personas sordas y con discapacidad auditiva, con un grado de minusvalía reconocida igual ó superior al 33 por ciento.


¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?

Las subvenciones establecidas en esta Disposición se destinarán a financiar los costes laborales y de Seguridad Social que se generen durante el período de desarrollo del proyecto de empleo con apoyo, derivados de la contratación de los preparadores laborales a los que se refiere la Disposición anterior, por las entidades promotoras de empleo con apoyo señaladas. Dicha contratación se podrá realizar tanto durante el desarrollo del proyecto como con anterioridad a su inicio.

Requisitos:

1. Asociaciones, fundaciones y otras entidades sin ánimo de lucro, los requisitos establecidos en la Disposición 5ª.1 de las bases.

2. Centros Especiales de Empleo, los requisitos establecidos en la Disposición 5ª.2 de las bases.

3. Las empresas del mercado ordinario de trabajo, incluídos los trabajadores autónomos, los requisitos establecidos en la Disposición 5ª.3 de las bases.

Documentos asociados

Boletín: 16/10/2008
DOCM Diario Oficial de Castilla-La Mancha- Nº 214
Documento: Bases Reguladoras y Convocatoria 2008 Descargar Documento
Boletín: 24/10/2008
DOCM Diario Oficial de Castilla-La Mancha- Nº 220
Documento: Anexos 2008 Descargar Documento
Boletín: 26/05/2010
DOCM Diario Oficial de Castilla-La Mancha- Nº 100
Documento: Convocatoria 2010 y Anexos. Descargar Documento