Subvenciones para el programa Cultura en el Camino, de cara al fomento de las artes escénicas y musicales en los ayuntamientos de la Comunidad Autónoma de Galicia por los que discurren los diferentes caminos de Santiago.- Convocatoria 2023.

Código de ayuda:

S15855/23

Norma:

RESOLUCIÓN de 1 de marzo de 2023.

Plazo de Solicitud:

Hasta el 17 de abril de 2023.

Finalidad u objetivo de la ayuda:

Establecer las bases reguladoras de las subvenciones destinadas a cofinanciar programaciones culturales realizadas por entidades locales por las que discurren los diferentes caminos de Santiago para contribuir a la promoción de las artes escénicas y musicales, y aprobar su convocatoria para el año 2023.

Categorías Subvención

  • Actividades culturales, lingüísticas y Deporte
  • Corporaciones Locales

Localización del organismo gestor

Galicia

Convoca:

Agencia Gallega de las Industrias Culturales. (Galicia)

¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?

1) Ayuntamientos de menos de 20.000 habitantes. Los ayuntamientos beneficiarios recibirán una cuantía global fija que asciende a la cantidad de 2.500 euros, que en todo caso no podrá superar el 50 % del caché, de la actividad o actividades programadas.

2) Ayuntamientos de más de 20.000 habitantes. Los ayuntamientos beneficiarios recibirán una cuantía global fija que asciende a la cantidad de 3.500 euros, que en todo caso no podrá superar el 40 % del caché, de la actividad o actividades programadas.

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Ayuntamientos/Municipios
  • Organismos / Entidades Públicas

Detalle beneficiarios:

Los ayuntamientos de la Comunidad Autónoma de Galicia, por los que discurren los diferentes caminos de Santiago, reconocidos por la Ley 5/2016, de 4 de mayo, de patrimonio cultural, y delimitados por el correspondiente decreto, así como aquellos en los que se dictó acuerdo de inicio para su tramitación.

¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?

1. Se consideran gastos subvencionables aquellos que, de manera indudable, correspondan a los cachés de las compañías/grupos que configuran la programación.

2. El gasto se considerará realizado, con carácter general, cuando se contabilice el reconocimiento de la obligación por parte del órgano competente de la entidad local, con anterioridad a la finalización del período de justificación determinado en estas bases.

Requisitos:

1. Deberán haber cumplido el deber de remisión al Consejo de Cuentas de Galicia de las últimas cuentas generales de cada ejercicio presupuestario.

2. Además, deberán cumplir los requisitos y condiciones establecidos en esta convocatoria y en la normativa general de subvenciones en la fecha de finalización del plazo de presentación de solicitudes.

Documentos asociados

Boletín: 15/03/2023
DOG Diario Oficial de Galicia- Nº 52
Documento: Bases y Convocatoria Descargar Documento
Boletín: 15/03/2023
DOG Diario Oficial de Galicia- Nº 52
Documento: Convocatoria 2023 (Extracto) Descargar Documento