Subvenciones para el pago del coste del alquiler de las viviendas obtenidas del mercado privado para destinarlas a las personas en situación de emergencia económica y social, y riesgo de exclusión residencial.

Código de ayuda:

S58873/22

Norma:

RESOLUCIÓN DSO/3006/2022, de 4 de octubre. RESOLUCIÓN TER/3598/2022, de 11 de noviembre.

Plazo de Solicitud:

Hasta el día 12 de diciembre de 2022.

Finalidad u objetivo de la ayuda:

Abrir la convocatoria para la concesión, en régimen de concurrencia pública no competitiva, de las
subvenciones para el pago del coste del alquiler de las viviendas obtenidas del mercado privado para
destinarlas a las personas en situación de emergencia económica y social, y riesgo de exclusión residencial, de acuerdo con los siguientes términos:

a) Convocatoria con cargo a las partidas D/4800001 "A familias", D/4600001 "A corporaciones locales",
D/4640001 "A otros entes dependientes de corporaciones locales", y D/4820001 "A otras instituciones sin fin de lucro" del presupuesto de la Agencia de la Vivienda de Cataluña para el ejercicio 2022, en función del tipo de beneficiario, por un importe máximo inicial de 519.820 €.

b) Convocatoria, como gasto anticipado, con cargo al presupuesto de la Agencia de la Vivienda de Cataluña
correspondiente al ejercicio 2023, por un importe máximo inicial de 9.118.920 €.

Categorías Subvención

  • Corporaciones Locales
  • Sanidad, Servicios Sociales y Mayores
  • Vivienda y Urbanismo

Localización del organismo gestor

Cataluña

Convoca:

Departamento de Territorio (Cataluña)

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Asociaciones
  • Autónomos
  • Cooperativas y Sociedades Laborales no Agrarias
  • Entidades sin ánimo de lucro, Ong´s
  • Fundaciones
  • Microempresas (menos de 10 empleados)
  • Organismos / Entidades Públicas
  • Particulares / Personas físicas
  • Pymes (menos de 250 empleados)
  • Sociedades Civiles

Detalle beneficiarios:

Las personas físicas sólo pueden ser beneficiarias de la modalidad de subvención prevista en la base 3.a),
siempre que tengan resolución favorable de la Mesa de valoración de situaciones de emergencias económicas y
sociales de Cataluña, o de las mesas de emergencias de ámbito local, que se encuentren pendientes de realojo y que cumplan los requisitos.

Las personas jurídicas siguientes pueden ser beneficiarias de las modalidades de subvención previstas en
la base 3.a) y 3.b): las administraciones públicas locales, sociedades mercantiles participadas
mayoritariamente por las distintas administraciones públicas, empresas públicas y entidades benéficas, de
economía colaborativa o similares, siempre sin ánimo de lucro, que cumplan con los requisitos previstos en la base 6.

¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?

Estas subvenciones tienen por objeto el pago del coste del alquiler de las viviendas obtenidas a través del mercado privado para atender alguna de las siguientes situaciones:

a) Casos de la Mesa de valoración de situaciones de emergencias económicas y sociales de Cataluña, y de las mesas de emergencias de ámbito local, con resolución favorable, y pendientes de realojo.

b) Casos de sinhogarismo, de acuerdo con el Marco de acción para el abordaje del sinhogarismo en Cataluña
2022-2025, con informe favorable del referente de sinhogarismo de la Área Básica de Servicios Sociales.

Será subvencionable el importe del alquiler de las viviendas obtenidas del mercado privado, según los
importes máximos de la subvención previstos en la base 10.

A los efectos de esta subvención, se considera que forman parte del importe del alquiler los conceptos
siguientes: la renta, los atrasos de la renta, los importes correspondientes a la repercusión de las obras de mejora, el impuesto de bienes inmuebles (IBI) y la tasa por el servicio de recogida de basuras.

Documentos asociados

Boletín: 07/10/2022
DOGC Diario Oficial de la Generalitat de Cataluña- Nº 8768
Documento: Bases Reguladoras 2022 Descargar Documento
Boletín: 18/11/2022
DOGC Diario Oficial de la Generalitat de Cataluña- Nº 8796
Documento: Convocatoria 2022 Descargar Documento
Boletín: 18/11/2022
DOGC Diario Oficial de la Generalitat de Cataluña- Nº 8796
Documento: Convocatoria 2022 (Extracto) Descargar Documento