Subvenciones para el impulso de la Red de mercados excelentes de Galicia y para la dinamización y revitalización de las plazas de abastos.- Convocatoria 2022.

Código de ayuda:

S53328/22

Norma:

ORDEN de 19 de agosto de 2022.

Plazo de Solicitud:

Hasta el 7 de octubre de 2022.

Finalidad u objetivo de la ayuda:

Aprobar las bases por las cuales se regirá la concesión de las subvenciones de la Vicepresidencia Primera y Consellería de Economía, Industria e Innovación para el impulso de la Red de mercados excelentes de Galicia y para la dinamización y revitalización de las plazas de abastos (código de procedimiento IN223A).

Categorías Subvención

  • Comercio
  • Corporaciones Locales

Localización del organismo gestor

Galicia

Convoca:

Vicepresidencia Primera y Consellería de Economía, Industria e Innovación (Galicia)

¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?

Para la concesión de estas subvenciones se destinará un crédito total de 870.000,00 €, que será imputado de la siguiente forma:

a) Ayuntamientos: Se destinará un crédito total de 600.000,00 €

b) Federaciones y asociaciones plazas de abastos y mercados: Se destinará un crédito total de 270.000,00 €

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Asociaciones
  • Ayuntamientos/Municipios
  • Organismos / Entidades Públicas

Detalle beneficiarios:

Podrán ser entidades beneficiarias de las subvenciones, sin perjuicio de reunir los demás requisitos establecidos en las bases reguladoras:

a) Los ayuntamientos gallegos que cuenten con un mercado con el sello de mercado excelente otorgado de conformidad con la Orden de 4 de enero de 2017 por la que se regula el procedimiento para la obtención del sello de mercado excelente en la Comunidad Autónoma de Galicia, o aquellos que estén en el proceso para su obtención.

b) Las federaciones y asociaciones de vendedores de las plazas de abastos, sin ánimo de lucro, que estén legalmente constituidas y cuyo ámbito de actuación se desarrolle en la Comunidad Autónoma de Galicia.

Requisitos:

Los ayuntamientos deberán cumplir con el deber de remisión al Consejo de Cuentas de
las cuentas generales de cada ejercicio, en los términos previstos en el artículo 4 del Decreto 193/2011, de 6 de octubre, por el que se regulan especialidades en las subvenciones
a las entidades locales gallegas.

En todo caso, las federaciones y asociaciones deberán tener una antigüedad mínima de tres años en la fecha de publicación de esta orden y encontrarse al corriente en la obligación de aprobación de las cuentas anuales por la junta directiva en los dos últimos ejercicios previos a esta orden de convocatoria

Documentos asociados

Boletín: 06/09/2022
DOG Diario Oficial de Galicia- Nº 169
Documento: Bases, Convocatoria 2022 y Anexos Descargar Documento
Boletín: 06/09/2022
DOG Diario Oficial de Galicia- Nº 169
Documento: Bases y Convocatoria 2022 (Extracto) Descargar Documento
Boletín: 13/09/2022
DOG Diario Oficial de Galicia- Nº 174
Documento: Corrección de Errores Descargar Documento