Subvenciones para el fomento del empleo en el medio rural, programa Galicia Suma Talento: Rural Activo.

Código de ayuda:

S03255/26

Norma:

ORDEN de 22 de enero de 2026.

Plazo de Solicitud:

Hasta el 6 de marzo de 2026.

Finalidad u objetivo de la ayuda:

Subvenciones destinadas a la financiación de acciones de fomento de empleo en colaboración con las entidades locales de Galicia de menos de 50.000 habitantes, a través de la contratación de personas trabajadoras desempleadas, con el objeto de proporcionarles la experiencia y práctica profesional necesarias para facilitar su inserción laboral.

Categorías Subvención

  • Agricultura, Ganadería, Caza y Pesca
  • Corporaciones Locales
  • Empleo

Localización del organismo gestor

Galicia

Convoca:

Consellería de Empleo, Comercio y Emigración (Galicia)

¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?

La cuantía de la subvención que percibirán las entidades beneficiarias será, a efectos salariales, la equivalente a la necesaria para sufragar los costes salariales totales, incluida la cotización empresarial a la Seguridad Social por todos los conceptos en la misma cantidad que la fijada para el salario según el convenio colectivo vigente en el momento de formular la solicitud, por cada persona trabajadora desempleada contratada, con los siguientes importes salariales máximos subvencionables:
- Para los grupos de cotización 1 y 2: 26.249,26€
- Para los grupos de cotización 3 a 7: 21.000,56€
- Para los grupos de cotización 8 a 10: 16.955,03€

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Ayuntamientos/Municipios

Detalle beneficiarios:

Ayuntamientos que cuenten con una población inferior a 50.000 habitantes, según las cifras oficiales del padrón municipal de habitantes del año 2025 publicadas por el Instituto Gallego de Estadística, mediante solicitud individual o mediante solicitud conjunta de agrupaciones o asociaciones de ayuntamientos, las mancomunidades de ayuntamientos de Galicia; los consorcios locales de Galicia constituidos exclusivamente por ayuntamientos, y también pueden ser beneficiarias las entidades resultantes de una fusión municipal. Quedan excluidas del ámbito de aplicación de esta convocatoria de las diputaciones provinciales.

¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?

Es subvencionable el pago de las cuotas de los costes salariales totales, incluida la cotización empresarial a la Seguridad Social.

Requisitos:

a) Que sean ejecutados por las entidades locales en régimen de administración directa o por los organismos, entes o empresa públicas la que se encomiende su ejecución.

b) Que, en su ejecución o prestación, se favorezca la formación y la práctica profesional de las personas desempleadas.

c) Que las personas que se contraten para labores de coordinación vinculadas a la prevención y defensa contra los incendios forestales mantengan contacto y colaboración permanente con el personal encargado de garantizar el sistema público de gestión de la biomasa, según dispone el Convenio de colaboración entre la Xunta de Galicia, a través de la Consellería del Medio Rural, y Seaga, en materia de prevención y defensa contra los incendios forestales.

d) Que la entidad local disponga de asignación presupuestaria suficiente para hacerse cargo de las partidas presupuestarias no subvencionadas para la realización de las obras o servicios.

e) Que la duración de los contratos de las personas desempleadas que desarrollen la prestación de los servicios sea igual o superior a nueve meses.

f) Que las contrataciones sean para jornada a tiempo completo.

g) Las contrataciones que se realicen no podrán tener por objeto cubrir puestos de trabajo vacantes en la relación de puestos de trabajo de la entidad beneficiaria.

Documentos asociados

Boletín: 05/02/2026
DOG Diario Oficial de Galicia- Nº 24
Documento: B. Reguladoras y Convocatoria 2026 Descargar Documento
Boletín: 05/02/2026
DOG Diario Oficial de Galicia- Nº 24
Documento: B. Reguladoras y Convocatoria 2026 (Extracto) Descargar Documento