Subvenciones para el fomento del empleo de las personas con discapacidad en empresa ordinaria.

Código de ayuda:

S28719/06

Norma:

ORDEN 1683/2006.

Plazo de Solicitud:

Sin determinar.

Finalidad u objetivo de la ayuda:

Adecuar, en el ámbito de la Comunidad de Madrid, el procedimiento de concesión directa de las subvenciones para el fomento del empleo de las personas con discapacidad.

Categorías Subvención

  • Discapacidad / Personas con discapacidad
  • Empleo

Localización del organismo gestor

Comunidad de Madrid

Convoca:

Consejería de Empleo y Mujer (Comunidad de Madrid)

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Asociaciones
  • Asociaciones
  • Autónomos
  • Cooperativas y Sociedades Laborales no Agrarias
  • Cooperativas y Sociedades Laborales no Agrarias
  • Entidades sin ánimo de lucro, Ong´s
  • Fundaciones
  • Microempresas (menos de 10 empleados)
  • Organizaciones Empresariales y Sindicales
  • Particulares / Personas físicas
  • Pymes (menos de 250 empleados)
  • Sociedades Civiles

Detalle beneficiarios:

Las personas físicas o jurídicas entendiendo por tal las sociedades mercantiles, cooperativas, sociedades laborales, entidades privadas sin ánimo de lucro, comunidades de bienes, sociedades civiles, comunidades
de propietarios, siempre que los trabajadores estén contratados en centros de trabajo ubicados en la Comunidad de Madrid.

¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?

Las acciones subvencionables son las siguientes:

a) Contratación inicial:

Quienes de conformidad con lo previsto en el artículo 3 de la presente Orden contraten por tiempo indefinido y a jornada completa a trabajadores discapacitados tendrán derecho a una subvención de 3.907 euros por cada contrato de trabajo celebrado. Cuando el contrato por tiempo indefinido se concierte a
tiempo parcial, la subvención anterior se reducirá proporcionalmente a la jornada pactada.

b) Transformación de contratos temporales en indefinidos: La transformación en indefinidos de contratos temporales de fomento de empleo para trabajadores discapacitados, efectuada al amparo de lo dispuesto en la Ley 42/1994, de 30 de diciembre, de Medidas Fiscales, Administrativas y de Orden Social, así como la transformación en indefinidos de los contratos de aprendizaje, en prácticas, y para la formación celebrados con trabajadores que ostenten la condición de discapacitados, podrá dar lugar a la concesión de una subvención por importe de 3.907 euros o proporcional a la jornada pactada.

c) Adaptación de puestos, eliminación de barreras o dotación de medios de protección personal: Las empresas que contraten trabajadores discapacitados mediante un contrato indefinido podrán solicitar estas subvenciones que serán compatibles en su caso con las ayudas anteriormente citadas, por importe máximo de 901,52 euros, por trabajador discapacitado contratado con carácter indefinido.

Documentos asociados

Boletín: 16/08/2006
BOCM Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid- Nº 194
Documento: Convocatoria y Anexos Descargar Documento