Subvenciones para el fomento del desarrollo local e impulso de proyectos y empresas calificados como I + E.

Código de ayuda:

S47900/05

Norma:

Resolución de 16 de septiembre de 2005.

Plazo de Solicitud:

Fecha Fin: 15/10/2005

Finalidad u objetivo de la ayuda:

Promover la generación de empleo en el entorno local.

Categorías Subvención

  • Asesorías, Auditorías y Consultorías Externas
  • Corporaciones Locales
  • Empleo
  • Financiación Preferente / Préstamos

Localización del organismo gestor

Canarias

Convoca:

Consejería de Empleo y Asuntos Sociales (Canarias)

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Asociaciones
  • Asociaciones
  • Autónomos
  • Ayuntamientos/Municipios
  • Cooperativas y Sociedades Laborales no Agrarias
  • Cooperativas y Sociedades Laborales no Agrarias
  • Entidades sin ánimo de lucro, Ong´s
  • Fundaciones
  • Microempresas (menos de 10 empleados)
  • Organismos / Entidades Públicas
  • Organizaciones Empresariales y Sindicales
  • Particulares / Personas físicas
  • Pymes (menos de 250 empleados)

Detalle beneficiarios:

Las corporaciones locales y las entidades dependientes o vinculadas a las mismas, así como las personas físicas o jurídicas, cualquiera que sea su forma, cuyos proyectos o empresas se califiquen como I + E.

¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?

1) Subvenciones para la realización de estudios de mercado y campañas de promoción de empleo local.

2) La contratación de los Agentes de Empleo y Desarrollo Local.

3) Proyectos y empresas calificados como I + E:
a) Subvención financiera: para la reducción de intereses de préstamos para inversiones destinadas a la creación y puesta en marcha de empresas calificadas como I + E.

b) Subvención de apoyo a la función gerencial: para ayudar al promotor o empresario en la toma de decisiones necesaria para el funcionamiento de la empresa.
Esta subvención podrá revestir las siguientes modalidades:
- Ayuda por tutoría, entendiéndose por tal el acompañamiento técnico que un experto ajeno a la empresa, persona física o jurídica que reúna garantías de solvencia y profesionalidad suficientes a juicio del Instituto Nacional de Empleo, presta al promotor o empresario en sus actividades gerenciales, durante un plazo de tiempo determinado.
- Ayuda por formación, que incluirá los cursos que el promotor o empresario pueda recibir para obtener y mejorar sus conocimientos sobre la función gerencial.
- Ayuda por la realización externa de estudios e informes sobre la actividad para que el promotor o empresario pueda disponer de mejor información sobre los bienes o servicios objeto de producción, incluyéndose en este apartado los estudios de mercado, organización, comercialización, diagnosis u otros de naturaleza análoga.

c) Subvención por asistencia técnica para la contratación de expertos técnicos de alta cualificación.

d) Subvención por contratación indefinida.

e) Subvención para cooperativas y sociedades laborales.

f) Las empresas calificadas como I + E, tendrán derecho a un incremento del 10 por 100 de la cuantía de las subvenciones reguladas anteriormente, cuando su actividad productiva principal se inscriba dentro de los ámbitos que se relacionan a continuación:
Protección y mantenimiento de zonas naturales.
Gestión de residuos.
Tratamiento de aguas y saneamiento de zonas contaminadas.
Implantación de energías alternativas.
Promoción del turismo rural y cultural.
Vigilancia y seguridad.
Transportes colectivos (locales).
Desarrollo cultural local.
Nuevas tecnologías de la información y la comunicación.
Cuidado de niños, personas incapacitadas y mayores.
Servicios a domicilio.
Asistencia a jóvenes en dificultad.

Requisitos:

Para que un proyecto empresarial pueda ser calificado como I + E, deberá cumplir los siguientes requisitos:
a) Que una corporación local o Comunidad Autónoma preste su apoyo al proyecto empresarial.
Se entenderá que una de tales Administraciones apoya el proyecto cuando ponga a disposición del promotor la aportación de recursos económicos y materiales, tales como infraestructuras o servicios que le ayuden en la puesta en práctica y gestión del negocio.
b) Que contemple la contratación de trabajadores o la incorporación de socios al proyecto de cooperativas o sociedades laborales.
c) Que la plantilla prevista, al constituirse la empresa, no supere los 25 trabajadores.
d) Que se trate de empresa de nueva creación.
e) Que la producción de bienes y servicios esté relacionada con actividades económicas emergentes o que, dentro de una actividad tradicional en la zona, cubra necesidades no satisfechas en la estructura existente.
f) Que reúna condiciones de viabilidad técnica, económica y financiera.

Documentos asociados

Boletín: 31/07/1999
BOE Boletín Oficial del Estado- Nº 182
Documento: Bases Reguladoras Descargar Documento
Boletín: 22/01/2005
BOE Boletín Oficial del Estado- Nº 19
Documento: Modificación de Bases Descargar Documento
Boletín: 01/04/2005
BOE Boletín Oficial del Estado- Nº 78
Documento: Normativa Estatal Reguladora Descargar Documento
Boletín: 29/09/2005
BOC Boletín Oficial de Canarias- Nº 192
Documento: Convocatoria 2005 Descargar Documento