Subvenciones para el fomento de la innovación a través de programas de incubación, aceleración o escalado de proyectos innovadores desarrollados por universidades públicas, fundaciones sin ánimo de lucro vinculadas a universidades públicas, parques científicos y organismos públicos de investigación que tengan sede en el término municipal de Madrid.

Código de ayuda:

S53264/22

Norma:

Acuerdo del Pleno, de 30 de octubre de 2013. Decreto de 26 de julio 2022.

Plazo de Solicitud:

Hasta el 26 de septiembre de 2022.

¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?

Aproximadamente 80.000

Finalidad u objetivo de la ayuda:

Apoyar la innovación mediante el fomento de Programas de Incubación, Aceleración o Escalado de Proyectos Innovadores desarrollados por Universidades Públicas, Fundaciones sin ánimo de lucro vinculadas a Universidades Pública, Parques Científicos y Organismos Públicos de Investigación que permitan la creación de empresas derivadas para la transferencia del conocimiento o escalado de empresas ya creadas. Su finalidad es fortalecer el ecosistema de innovación en la ciudad de Madrid mediante el apoyo a los proyectos de I + D + i que se incuban, o se aceleran y a las empresas innovadoras a las que se ayuda a escalar su modelo desde las entidades públicas madrileñas.

Categorías Subvención

  • Educación y Ciencia
  • I + D + i (Investigación+Desarrollo+Innovación)

Localización del organismo gestor

Comunidad de Madrid

Convoca:

Área de Gobierno de Economía, Innovación y Empleo (Comunidad de Madrid)

¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?

Importe de la subvención y financiación.—El importe total destinado a esta convocatoria se cifra en 640.000 euros, los cuales se imputarán a las siguientes aplicaciones presupuestarias correspondientes al ejercicio 2022:

“A Universidades Públicas”: 320.000 euros.

“A otras Fundaciones”: 160.000 euros.

“A otros Organismos Autónomos”: 80.000 euros.

“A otras Agencias Estatales”: 80.000 euros.

La ayuda consistirá en una subvención de hasta el 100 por 100 de los gastos subvencionables del programa, hasta un máximo de 80.000 euros por programa.

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Entidades sin ánimo de lucro, Ong´s
  • Investigadores / Centros tecnológicos / Centros de I+D
  • Organismos / Entidades Públicas
  • Universidades Públicas y Privadas / Centros de Enseñanza

Detalle beneficiarios:

Tendrán la consideración de entidades beneficiarias aquellas que realicen las actividades subvencionables y que reúnan la condición de universidad pública, fundación sin ánimo de lucro vinculada a una universidad pública, organismo público de investigación y parque científico debiendo, en todo caso, desarrollar
sus actividades y tener sede en el ámbito territorial del municipio de Madrid.

Requisitos:

Las entidades que soliciten subvención deberán reunir a la finalización del plazo de presentación de solicitudes los siguientes requisitos, que deberán mantenerse, al menos, durante el período en el que disfruten de la condición de beneficiarias:

a) Desarrollar sus actividades y tener, al menos una sede en el ámbito territorial del municipio de Madrid.

b) Encontrarse al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones tributarias y de Seguridad Social.

c) Encontrarse al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones tributarias con el Ayuntamiento de Madrid.

d) Hallarse al corriente de pago de obligaciones por reintegro de subvenciones.

e) No tener pendientes de justificación subvenciones otorgadas por el Ayuntamiento de Madrid o sus organismos públicos, siempre que el plazo establecido para su presentación hubiera finalizado, con independencia de que el requerimiento a que se refiere el artículo 70.3 del RGS se hubiera realizado o no. La apreciación de esta prohibición se realizará de forma automática y subsistirá mientras perdure la ausencia de justificación.

f) No estar incursas en el resto de las prohibiciones que se establecen en los apartados 2 y 3 del artículo 13 de la LGS para obtener la condición de entidad beneficiaria de subvenciones.

Documentos asociados

Boletín: 22/11/2013
BOCM Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid- Nº 278
Documento: Bases Reguladoras Descargar Documento
Boletín: 05/09/2022
BOCM Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid- Nº 211
Documento: Convocatoria 2022 Descargar Documento