Subvenciones para el fomento de la igualdad de género en el ámbito laboral de Castilla y León.

Código de ayuda:

S32782/23

Norma:

ORDEN FAM/924/2023, de 18 de julio.

Plazo de Solicitud:

A determinar en la correspondiente convocatoria.

Finalidad u objetivo de la ayuda:

La presente orden tiene por objeto establecer las bases reguladoras para la concesión, en régimen de concurrencia competitiva, de subvenciones para el fomento de la igualdad de género, en el ámbito laboral de Castilla y León.

La finalidad de las subvenciones, en la vertiente del fomento de la igualdad es la consecución de una cultura empresarial y laboral basada en la igualdad de género y de eliminación de las desigualdades existentes, así como erradicar en este ámbito cualquier forma de violencia contra la mujer y conseguir que Castilla y León sea una comunidad en la que haya una efectiva convivencia entre mujeres y hombres, en el ámbito laboral.

Categorías Subvención

  • Asociacionismo y Voluntariado
  • Empleo
  • Mujeres, Infancia y Ayudas familiares
  • Recursos Humanos

Localización del organismo gestor

Castilla y León

Convoca:

Consejería de Familia e Igualdad de Oportunidades (Castilla y León)

¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?

La cuantía individualizada de la subvención, correspondiente a cada entidad beneficiaria será el 100% del presupuesto aceptado del proyecto presentado, teniendo en cuenta el orden de prelación obtenido en función de la puntuación al aplicar los criterios de valoración y con los límites que figuran en las presentes bases y en la correspondiente convocatoria.

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Organizaciones Empresariales y Sindicales

Detalle beneficiarios:

Podrán ser beneficiarias de estas subvenciones las organizaciones sindicales y empresariales más representativas de la Comunidad Autónoma, conforme a lo regulado por los artículos 6 y 7.1 de la Ley Orgánica 11/1985, de 2 de agosto, de Libertad Sindical, y por la Disposición Adicional Sexta del Real Decreto Legislativo 2/2015, de 23 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto de los Trabajadores.

¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?

Se considerarán subvencionables las siguientes categorías de costes derivados del desarrollo del proyecto:

a) Costes directos de personal. Son costes directos de personal, los costes de personal de los trabajadores adscritos a la ejecución directa del proyecto que se subvenciona.

b) Otros costes subvencionables, que incluirá costes indirectos y otros tipos de costes directos.

Son costes indirectos aquellos costes que, aunque no puedan vincularse directamente con la actividad subvencionada, son necesarios para su ejecución.

Se consideran otros costes directos, en el caso de que procedan, los gastos correspondientes a dietas (manutención y alojamiento), así como los gastos de desplazamiento o locomoción.

Documentos asociados

Boletín: 24/07/2023
BOCyL Boletín Oficial de Castilla y León- Nº 141
Documento: Bases Reguladoras Descargar Documento