Subvenciones para el fomento de la edición de libros españoles en lengua castellana para las bibliotecas públicas.

Código de ayuda:

S04164/06

Norma:

RESOLUCIÓN de 3 de febrero de 2006.

Plazo de Solicitud:

Fecha Fin: 29/03/2006

Finalidad u objetivo de la ayuda:

Se convoca para el año 2006 la concesión de subvenciones, de conformidad con lo establecido en el artículo 23 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones (en adelante Ley de Subvenciones), en régimen de concurrencia competitiva a proyectos de edición, en lengua castellana, de obras de nuestra cultura, de proyección nacional e internacional, que contribuyan al enriquecimiento de nuestro patrimonio bibliográfico común, con la doble finalidad de ampliar los fondos de las Bibliotecas Públicas de España y además fomentar y favorecer la comunicación y cohesión cultural entre las Comunidades Autónomas, creando un fondo bibliográfico común en todas las bibliotecas públicas.

Dichas obras podrán ser editadas en soportes tradicionales o en los nuevos soportes que permite la tecnología actual.

Categorías Subvención

  • Actividades culturales, lingüísticas y Deporte
  • Audiovisual, Prensa y Publicaciones

Localización del organismo gestor

España

Convoca:

Ministerio de Cultura ( España)

¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?

Con cargo a esta convocatoria no se podrá financiar un número de ejemplares superior al 30 por ciento de la tirada, aplicando sobre el precio del libro el descuento establecido en el artículo 3.º b) del Real Decreto 484/1990, de 30 de marzo.

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Cooperativas y Sociedades Laborales no Agrarias
  • Microempresas (menos de 10 empleados)
  • Particulares / Personas físicas
  • Pymes (menos de 250 empleados)

Detalle beneficiarios:

Podrán solicitar estas subvenciones las Empresas mercantiles del sector editorial, ya sean personas físicas o jurídicas, de nacionalidad española, o de otros Estados miembros de la Unión Europea o asociados al Espacio Económico Europeo, siempre que, estando legalmente constituidas, cumplan los requisitos y no se encuentren incursas en las exclusiones previstas en el artículo 13 de la Ley de Subvenciones.

Además deberán acreditar una labor editorial ininterrumpida de dos años como mínimo, en la fecha de publicación de esta convocatoria.
Las editoriales podrán presentar un número de títulos, que nunca podrá exceder del 50 por ciento de la producción de la empresa en 2005, con un máximo de quince proyectos.

Quedarán excluidas de estas subvenciones las editoriales que habiendo recibido estas mismas subvenciones del Ministerio de Cultura en años anteriores, no las hubieren justificado, con los requisitos exigidos por las instrucciones de la Dirección General del Libro, Archivos y Bibliotecas, dentro del plazo máximo de justificación concedido.

¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?

La edición de:

a) Obras de referencia y consulta –enciclopedias, diccionarios, historias, bibliografías– de cualquiera de las siguientes materias: ciencias sociales, filosofía y teología, ciencias puras y aplicadas, literatura y lingüística,
historia, arte y geografía.
b) Obras literarias de autores preferentemente españoles, iberoamericanos y clásicos.
c) Obras de Humanidades: Historia, bellas artes, geografía, filosofía, pensamiento y etnografía.
d) Obras de literatura infantil y juvenil, de autores preferentemente españoles.

En esta convocatoria del año 2006, se tendrá atención preferente a aquellos proyectos relacionados con los aniversarios de autores y obras que se celebrarán en los años 2006 y 2007.

Los títulos propuestos deberán tener una tirada mínima de 1.200 ejemplares y ser primeras ediciones, o bien reediciones de títulos cuya última edición date de más de 25 años.

Documentos asociados

Boletín: 08/01/2005
BOE Boletín Oficial del Estado- Nº 7
Documento: Bases Reguladoras Descargar Documento
Boletín: 17/02/2006
BOE Boletín Oficial del Estado- Nº 41
Documento: Convocatoria 2006 y Anexos Descargar Documento