Subvenciones para el fomento de la economía social en el ámbito de los servicios sociales y primera convocatoria para el ejercicio 2021.

Código de ayuda:

S42482/21

Norma:

DECRETO 87/2021, de 14 de julio.

Plazo de Solicitud:

Hasta el 10 de septiembre de 2021.

Finalidad u objetivo de la ayuda:

Fomentar la economía social en el ámbito de los servicios sociales, a través de actuaciones individuales de constitución de nuevas entidades de economía social en el ámbito de los servicios sociales y colectivos de difusión de la economía social en el ámbito de los servicios sociales.

Categorías Subvención

  • Asistencia a Ferias, Congresos y Material Promocional
  • Asociacionismo y Voluntariado
  • Sanidad, Servicios Sociales y Mayores

Localización del organismo gestor

Extremadura

Convoca:

Consejería de Agricultura, Desarrollo Rural, Población y Territorio (Extremadura)

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Asociaciones
  • Entidades sin ánimo de lucro, Ong´s
  • Fundaciones

Detalle beneficiarios:

Las entidades asociativas privadas sin ánimo de lucro, las sociedades cooperativas calificadas e inscritas como sociedades cooperativas sin ánimo de lucro y las fundaciones que desarrollen su actividad en la Comunidad Autónoma de Extremadura. Estas entidades habrán de establecer en sus estatutos y en el registro correspondiente, en su caso, la condición de entidad sin ánimo de lucro así como incluir entre sus
objetivos o fines institucionales el fomento de las entidades de economía social. No podrán obtener la condición de beneficiarias las Administraciones públicas y las entidades del sector público, sea cual sea su ámbito territorial, así como cualquier empresa participada por cualquier ente, organismo o entidad que forme parte del sector público.

¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?

a) Actuaciones individuales de apoyo a la constitución de entidades de la economía social en el ámbito de los servicios sociales, consistentes en el asesoramiento técnico de proyectos empresariales que culminen con la constitución de una entidad de la economía social en el ámbito de los servicios sociales, mediante su nueva creación y puesta en marcha o mediante la transformación de una entidad de otro ámbito en una entidad de la economía social en el ámbito de los servicios sociales.

b) Actuaciones de fomento, consistentes en la organización y celebración de seminarios, jornadas, ferias y otras actividades de naturaleza similar dirigidas a personas o entidades susceptibles de constituir entidades o transformar las existentes en entidades de la economía social en el ámbito de los servicios sociales con las finalidades de fomento y creación de las referidas entidades, con uno o varios de los siguientes contenidos:

Divulgación de los principios, valores y figuras jurídicas de la economía social en el ámbito de los servicios sociales.

Fomento del conocimiento de las entidades que conforman las entidades de economía social en el ámbito de los servicios sociales como instrumento de creación de empleo y de fijación de la población al territorio.

Promoción y difusión de buenas prácticas, casos de éxito y experiencias positivas de emprendimiento en economía social en el ámbito de los servicios sociales.

Cada entidad podrá ser beneficiaria, en cada convocatoria, de una subvención máxima de 20.000 euros, con el límite para las actuaciones descritas en el apartado b) anterior de 1.500 euros por actuación en los términos señalados en el artículo 9 de este Decreto.

Requisitos:

a) Tener personalidad jurídica y no encontrarse en proceso de disolución.

b) Estar inscritas en el registro público de la Comunidad Autónoma de Extremadura correspondiente a su forma jurídica.

c) Establecer en sus estatutos y en el registro correspondiente, en su caso, la condición de entidad sin ánimo de lucro así como incluir entre sus objetivos o fines institucionales el fomento de las entidades de economía social

d) No estar incursas en alguna de las circunstancias establecidas en el artículo 12.2 y 3 de la Ley 6/2011, de 23 de marzo, de Subvenciones de la Comunidad Autónoma de Extremadura.

e) Obtener un mínimo de 4 puntos en aplicación de los criterios de valoración establecidos en el presente decreto.

Documentos asociados

Boletín: 13/08/2021
DOE Diario Oficial de Extremadura- Nº 156
Documento: Bases y Convocatoria 2021 Descargar Documento
Boletín: 13/08/2021
DOE Diario Oficial de Extremadura- Nº 156
Documento: Convocatoria 2021 (Extracto) Descargar Documento