Subvenciones para el fomento de la creación y entrada en funcionamiento de centrales de compras y servicios en el sector del transporte de mercancías por carretera en Cataluña - Convocatoria 2010.

Código de ayuda:

S28173/10

Norma:

Orden PTO/254/2010, de 16 de abril. Resolución PTO/1307/2010, de 16 de abril.

Plazo de Solicitud:

Fecha Fin: 29/05/2010

Finalidad u objetivo de la ayuda:

Fomentar la creación, entrada en funcionamiento y evolución inicial de centrales de compras y servicios en el sector del transporte de mercancías por carretera en Cataluña.

Categorías Subvención

  • Asesorías, Auditorías y Consultorías Externas
  • Creación nuevas empresas
  • Transporte

Localización del organismo gestor

Cataluña

Convoca:

Departamento de Política Territorial y Obras Públicas (Cataluña)

¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?

a) Estudio de viabilidad de una nueva central de compras y servicios y plan estratégico: hasta el 50%, con un límite de 20.000 euros del coste de la consultoría externa para los planes de viabilidad y estratégico de la nueva central, incluidos los gastos de constitución de la nueva central y de divulgación del plan de creación a los asociados y futuros asociados. Y hasta 35.000 euros/año por el coste en alquiler de la sede social y de la nómina del gerente.

b) Mejoras y evolución en áreas funcionales: hasta 20.000 euros.

c) Proyectos de tecnologías de la información y de la comunicación (TIC): la presencia en Internet, incluida la elaboración de páginas web y portales informativos de empresa, se subvencionará hasta un importe máximo de 4.000 euros con un límite del 50% del coste de la inversión y en función del alcance del proyecto, que puede alcanzar: consultoría, intranets, extranets, gestores de contenidos, catálogo digital de productos, incorporación al sitio web de pasarelas de comercio electrónico y similares. Para el resto de proyectos TIC, hasta el 50% de la inversión efectivamente realizada con un máximo de 15.000 euros.

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Autónomos
  • Cooperativas y Sociedades Laborales no Agrarias
  • Cooperativas y Sociedades Laborales no Agrarias
  • Microempresas (menos de 10 empleados)
  • Pymes (menos de 250 empleados)
  • Sociedades Civiles

Detalle beneficiarios:

Sociedades mercantiles, cooperativas u otras figuras jurídicas constituidas como centrales de compras y servicios.

¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?

1 Estudio de viabilidad de una nueva central de compras y servicios y plan estratégico.

a) Descripción: análisis de viabilidad de creación de nuevas centrales de compras y servicios, proyectos de captación de asociados y plan estratégico a tres años.

b) Conceptos subvencionables:
Consultoría externa y gastos de divulgación del plan de creación de la nueva central entre los asociados o futuros asociados.
Gastos de constitución de la nueva central.
Gastos en alquiler de la sede social de la nueva central y nómina del gerente del periodo que, a tal efecto, se pueda determinar en la convocatoria correspondiente.

2 Mejoras y evolución en áreas funcionales.

a) Descripción: royectos de optimización del funcionamiento de centrales.
b) Conceptos subvencionables:
Definición de objetivos de mejora logística, financiera, operativa, de sistemas de información, de marketing u otros.
Plan de implementación y seguimiento.

3 Proyectos de tecnologías de la información y de la comunicación.

a) Descripción: proyectos de incorporación y mejora de las tecnologías de la información y de la comunicación para impulsar la innovación en sus procesos de negocio.
b) Conceptos subvencionables:
1) Proyecto web: la presencia en Internet, incluida la elaboración de páginas web y portales informativos de empresa.
2) Otros conceptos subvencionables (proyectos TIC):
Consultoría informática en materia de incorporación de nuevas tecnologías de la información y de la comunicación.
Digitalización de la gestión de la empresa: software específico, proyectos de facturación electrónica, firma digital, ERP, CRM y gastos de instalación y formación personalizada.
Inversiones en software estándar, gastos de instalación y formación personalizada.
Inversiones en hardware: ordenadores personales, servidores y complementos.
Boletín electrónico.
Otros proyectos de digitalización que aporten valor a la función comercial de la empresa.
Las páginas web dispondrán, como mínimo, de una versión íntegra en lengua catalana.

Se consideran gastos subvencionables los que tengan una relación directa con la actuación subvencionada.

Requisitos:

a) No encontrarse en ninguna de las circunstancias previstas en el artículo 13 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, general de subvenciones.

b) Estar al corriente en el cumplimiento de las obligaciones tributarias ante la Generalidad de Cataluña y la Administración General del Estado y de las obligaciones ante la Seguridad Social.

Las actuaciones objeto de esta convocatoria se deberán haber iniciado de manera efectiva durante el año 2010.

Documentos asociados

Boletín: 29/04/2010
DOGC Diario Oficial de la Generalitat de Cataluña- Nº 5618
Documento: Bases Reguladoras Descargar Documento
Boletín: 29/04/2010
DOGC Diario Oficial de la Generalitat de Cataluña- Nº 5618
Documento: Convocatoria 2010. Descargar Documento