Subvenciones para el fomento de la contratacion temporal (Bono Empleo Joven) y del contrato en practicas para jovenes menores de 30 años.- Convocatoria 2014.- Corrección.

Código de ayuda:

S06537/14

Norma:

Orden de 14 de febrero de 2014. Orden de 26 de febrero de 2014.

Plazo de Solicitud:

Treinta días naturales siguientes a la fecha de alta en la Seguridad Social del trabajador contratado.

Finalidad u objetivo de la ayuda:

El desarrollo y ejecución del Decreto n.º 136/2013, de 22 de noviembre, por el que se regula la concesión directa de determinadas subvenciones en el ámbito del empleo juvenil, para la contratación por pequeñas y medianas Empresas (PYMES) de la Región de Murcia de jóvenes menores de 30 años titulados universitarios, con FP grado medio y superior o con certificado de profesionalidad, que se encuentren desempleados e inscritos como demandantes de empleo en la correspondiente oficina de empleo, mediante las modalidad de contratación temporal (Subprograma 1) y del contrato en prácticas (Subprograma 2).

Categorías Subvención

  • Empleo
  • Formación

Localización del organismo gestor

Región de Murcia

Convoca:

Consejería de Educación, Juventud y Deportes (Región de Murcia)

¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?

a) Subprograma 1. Fomento de la contratación temporal (Bono Empleo Joven): La subvención será de cuatrocientos euros (400,00 €) por mes completo, con el límite de doce mensualidades, para las contrataciones de duración determinada de 6 o más meses.

En el caso de que la contratación se realice bajo la forma prevista en el artículo 15.1 a) del Estatuto de los Trabajadores, y puesto que la duración de este contrato es la del tiempo exigido para la realización de la obra o servicio y, por ende, de duración incierta, deberá indicarse su duración, a los efectos de la obtención de la subvención que corresponda. Si la duración de la obra o servicio superase la indicada, no supondrá incremento de la subvención obtenida.

Las posibles prórrogas de los contratos iniciales subvencionados no darán lugar al incremento de la subvención obtenida.

b) Subprograma 2. Fomento del contrato en prácticas: Se subvencionará con mil ochocientos euros (1.800 €) cada contrato de trabajo en prácticas con una duración de seis meses, incrementándose en doscientos euros (200 €) la subvención por cada mes completo adicional, y con el límite máximo subvencionable de dos años, es decir, de cinco mil cuatrocientos euros (5.400 €).

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Autónomos
  • Microempresas (menos de 10 empleados)
  • Pymes (menos de 250 empleados)

Detalle beneficiarios:

Las pequeñas y medianas empresas (PYMES) cuyo centro de trabajo para el que se efectúe la contratación cuya subvención se solicita se encuentre ubicado en la Región de Murcia.

¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?

a) Subprograma 1: un contrato de duración determinada, según lo previsto en los apartados a) y b) del artículo 15.1 del Real Decreto Legislativo 1/1995, de 24 de marzo, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto de los Trabajadores (en adelante, Estatuto de los Trabajadores) de titulados universitarios, FP grado medio y superior o con certificado de profesionalidad de nivel 3, y siempre que la contratación se adecue a la titulación del trabajador.

b) Subprograma 2: un contrato formativo en prácticas, regulado por el artículo 11.1 del Estatuto de los Trabajadores que reúnan los requisitos legalmente establecidos para formalizar este tipo de contrato.

Requisitos:

Será requisito necesario del solicitante para obtener la condición de beneficiario de las subvenciones reguladas en la presente Orden, no encontrarse en ninguno de los supuestos establecidos en el artículo 13, apartados 2 y 3, de la Ley 38/2003, General de Subvenciones, y en particular, deberá:

a) Hallarse al corriente en el cumplimiento de las obligaciones tributarias con la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia.

b) Estar al corriente en el cumplimiento de las obligaciones tributarias frente a la Agencia Estatal de Administración Tributaria.

c) Encontrarse al corriente en el cumplimiento de las obligaciones económicas con la Seguridad Social.

Documentos asociados

Boletín: 21/02/2014
BORM Boletín Oficial de la Región de Murcia- Nº 43
Documento: Bases, Convocatoria 2014 y Anexos. Descargar Documento
Boletín: 26/02/2014
BORM Boletín Oficial de la Región de Murcia- Nº 47
Documento: Corrección de Errores Descargar Documento