Subvenciones para el fomento de la contratación laboral y el mantenimiento del empleo estable y de calidad en la Comunidad Autónoma de Extremadura.- Convocatoria 2023.

Código de ayuda:

S18473/23

Norma:

DECRETO 16/2023, de 1 de marzo.

Plazo de Solicitud:

Hasta el 31 de julio de 2023.

Finalidad u objetivo de la ayuda:

Se convocan las subvenciones para el fomento de la contratación laboral y el mantenimiento del empleo estable y de calidad en la Comunidad Autónoma de Extremadura para el ejercicio 2023.

Categorías Subvención

  • Artesanía
  • Asociacionismo y Voluntariado
  • Comercio
  • Corporaciones Locales
  • Creación nuevas empresas
  • Empleo
  • Recursos Humanos

Localización del organismo gestor

Extremadura

Convoca:

Consejería de Educación y Empleo (Extremadura)

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Agrupaciones de interés económico / de empresas / de personas físicas y jurídicas
  • Asociaciones
  • Autónomos
  • Comunidades de bienes / propietarios
  • Cooperativas y Sociedades Laborales no Agrarias
  • Empresas (más de 250 empleados)
  • Entidades sin ánimo de lucro, Ong´s
  • Fundaciones
  • Microempresas (menos de 10 empleados)
  • Organismos / Entidades Públicas
  • Organizaciones Empresariales y Sindicales
  • Pymes (menos de 250 empleados)
  • Sociedades Civiles

Detalle beneficiarios:

Podrán ser beneficiarias de las ayudas las empresas privadas, cualquiera que sea la forma jurídica que adopten, las personas trabajadoras autónomas, los/as profesionales colegiados/as, las asociaciones, las fundaciones, las entidades sin ánimo de lucro, las sociedades civiles y las agrupaciones privadas de personas físicas o jurídicas, comunidades de bienes, o cualquier otro tipo de unidad económica o patrimonio separado, aunque carezcan de personalidad jurídica que, en su condición de empleadoras, realicen contrataciones conforme a lo establecido en las bases reguladoras en centros de trabajo radicados en la Comunidad Autónoma de Extremadura.

¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?

1. Podrán ser subvencionables las contrataciones indefinidas a jornada completa realizadas con mujeres, hombres menores de 30 años y mayores de 50, personas que hayan participado en los doce meses anteriores a su contratación en políticas activas de empleo de la Junta de Extremadura gestionadas por el Servicio Extremeño Público de Empleo, y personas trabajadoras cuyo centro de trabajo esté en localidades de menos de 5.000 habitantes.

2. Se entenderá como centro de trabajo aquel donde la persona trabajadora objeto de subvención presta sus servicios habitualmente, o al que está adscrita según su acuerdo de trabajo a distancia (teletrabajo).

3. A efectos del presente decreto, se considerará que la persona contratada ha participado en los doce meses anteriores a su contratación en políticas activas de empleo de la Junta de Extremadura promovidas y gestionadas por el Servicio Extremeño Público de Empleo.

4. La contratación por la que se solicita subvención deberá representar un incremento neto del número de personas trabajadoras indefinidas en la empresa.

5. Los contratos deberán formalizarse por escrito, en modelo oficial y comunicarse al Servicio Público de Empleo.

6. Los requisitos regulados en este artículo afectarán tanto a la contratación por la que inicialmente se solicita subvención como a aquellas contrataciones que se realicen para sustituir a la misma, a excepción de lo establecido en el apartado cuarto, que será exigible únicamente para el trabajador inicial.

Requisitos:

1. No estar incursas en alguna de las circunstancias establecidas en el artículo 12.2 y 3 de la Ley 6/2011, de 23 de marzo, de Subvenciones de la Comunidad Autónoma de Extremadura.

La justificación, por parte de la entidad solicitante, de no estar incursa en dichas circunstancias se realizará mediante la presentación de declaración responsable en la solicitud de la ayuda, sin perjuicio del ejercicio de las facultades de comprobación, control e inspección que tiene atribuidas la Dirección Gerencia del Servicio Extremeño Público de Empleo.

2. Que el centro de trabajo donde la persona objeto de subvención preste sus servicios habitualmente o al que quede adscrita según su acuerdo de trabajo a distancia (teletrabajo) esté en situación de alta en un código de cuenta de cotización a la Seguridad Social que corresponda a las provincias de Badajoz o Cáceres.

Documentos asociados

Boletín: 27/03/2023
DOE Diario Oficial de Extremadura- Nº 59
Documento: Bases y Convocatoria Descargar Documento
Boletín: 27/03/2023
DOE Diario Oficial de Extremadura- Nº 59
Documento: Convocatoria 2023 (Extracto) Descargar Documento