Subvenciones para el fomento de la contratación de personas jóvenes desempleadas mediante contratos para la obtención de práctica profesional en la Comunidad Autónoma de Extremadura, "Programa Contrata Excelencia", y se aprueba la primera convocatoria.

Código de ayuda:

S10091/25

Norma:

DECRETO 18/2025, de 1 de abril.

Plazo de Solicitud:

Hasta el 22 de junio de 2025.

Finalidad u objetivo de la ayuda:

El presente decreto tiene por objeto establecer las bases reguladoras de las subvenciones para el fomento de la contratación de personas jóvenes desempleadas menores de 30 años mediante contratos para la obtención de práctica profesional en la Comunidad Autónoma de Extremadura, “Programa Contrata Excelencia” y la aprobación de la primera convocatoria.

Categorías Subvención

  • Empleo
  • Juventud
  • Recursos Humanos

Localización del organismo gestor

Extremadura

Convoca:

Consejería de Economía, Empleo y Transformación Digital. (Extremadura)

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Agrupaciones de interés económico / de empresas / de personas físicas y jurídicas
  • Asociaciones
  • Autónomos
  • Comunidades de bienes / propietarios
  • Empresas (más de 250 empleados)
  • Entidades sin ánimo de lucro, Ong´s
  • Fundaciones
  • Microempresas (menos de 10 empleados)
  • Pymes (menos de 250 empleados)
  • Sociedades Civiles

Detalle beneficiarios:

Podrán ser beneficiarias de las ayudas establecidas en la presente norma las empresas privadas, cualquiera que sea la forma jurídica que adopten, las personas trabajadoras autónomas, los/as profesionales colegiados/as, las asociaciones, las fundaciones, las entidades sin ánimo de lucro, las sociedades civiles y las agrupaciones privadas de personas físicas o jurídicas, comunidades de bienes, o cualquier otro tipo de unidad económica o patrimonio separado, aunque carezcan de personalidad jurídica que, en su condición de empleadoras, realicen contrataciones conforme a lo establecido en esta norma en centros de trabajo radicados en la Comunidad Autónoma de Extremadura.

Requisitos:

1. No estar incursas en alguna de las circunstancias establecidas en el artículo 12.2 y 3 de la
Ley 6/2011, de 23 de marzo, de Subvenciones de la Comunidad Autónoma de Extremadura. La justificación, por parte de la entidad solicitante, de no estar incursa en dichas circunstancias se realizará mediante la presentación de declaración responsable en la solicitud de la ayuda.

2. Que el centro de trabajo donde la persona objeto de subvención preste sus servicios habitualmente o al que quede adscrita según su acuerdo de trabajo a distancia (teletrabajo) esté en situación de alta en un código de cuenta de cotización a la Seguridad Social que corresponda a las provincias de Badajoz o Cáceres.

Documentos asociados

Boletín: 22/04/2025
DOE Diario Oficial de Extremadura- Nº 76
Documento: B. Reguladoras y Convocatoria 2025 Descargar Documento
Boletín: 22/04/2025
DOE Diario Oficial de Extremadura- Nº 76
Documento: B. Reguladoras y Convocatoria 2025 (Extracto) Descargar Documento