Subvenciones para el fomento de la contratacion de parados de larga duracion por empresas en la Comunidad Autonoma de Extremadura.- Convocatoria 2013.- Corrección.

Código de ayuda:

S14191/13

Norma:

DECRETO 64/2013, de 30 de abril.

Plazo de Solicitud:

Fecha Fin: 08/05/2014

Finalidad u objetivo de la ayuda:

Establecer las bases reguladoras de las subvenciones destinadas al fomento de la contratación de parados de larga duración.

Categorías Subvención

  • Cooperación empresarial
  • Empleo

Localización del organismo gestor

Extremadura

Convoca:

Presidencia de la Junta (Extremadura)

¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?

— Para las contrataciones previstas en el Programa I, una cuantía de 3.000,00 Euros por
contratación.

— Para las contrataciones previstas en el Programa II una cuantía de 6.000,00 Euros por
contratación.

Dichas cuantías serán minoradas, en los supuestos de contratación a tiempo parcial, proporcionalmente a la jornada que figure en el contrato de trabajo.

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Agrupaciones de interés económico / de empresas / de personas físicas y jurídicas
  • Comunidades de bienes / propietarios
  • Organizaciones Empresariales y Sindicales
  • Pymes (menos de 250 empleados)
  • Sociedades Civiles

Detalle beneficiarios:

Las empresas de menos de 50 trabajadores, que realicen contrataciones de parados de larga duración inscritos en el Servicio Extremeño Público de Empleo, al amparo de los Programas previstos en el artículo 2.

Asimismo podrán ser beneficiarias las comunidades de bienes, las sociedades civiles y las uniones temporales de empresas que, cumpliendo los requisitos y condiciones previstos en cada caso, realicen contrataciones de trabajadores.

¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?

— Programa I: Contrataciones con duración máxima subvencionable de seis meses.

— Programa II: Contrataciones con duración máxima subvencionable de un año de los siguientes
colectivos:

a. Mayores de 45 años.

b. Jóvenes menores de 25 años.

c. Desempleados que hayan participado en el Programa de Formación para la obtención del graduado en ESO y finalizado el mismo con la calificación de apto y obtenido el título.

Requisitos:

1. No estar incursas en alguna de las circunstancias establecidas en el artículo 12.2 de la Ley
6/2011, de 23 de marzo, de Subvenciones de la Comunidad Autónoma de Extremadura, que se acreditarán mediante la presentación del Anexo V “Declaración responsable sobre los requisitos exigidos para obtener la condición de beneficiario”, que acompaña al presente decreto. Si el solicitante fuese una comunidad de bienes o una sociedad civil sin personalidad jurídica se deberá aportar una por cada comunero o socio que forme parte de la misma.

2. Estar radicadas en Extremadura, entendiendo por tal, tener domicilio, sede social o, al menos, algún centro de trabajo, en la Comunidad Autónoma.

Documentos asociados

Boletín: 07/05/2013
DOE Diario Oficial de Extremadura- Nº 86
Documento: Bases, Convocatoria 2013 y Anexos. Descargar Documento
Boletín: 14/05/2013
DOE Diario Oficial de Extremadura- Nº 91
Documento: Corrección de Errores Descargar Documento