Subvenciones para el fomento de la comercialización de la artesanía gallega e impulso de la competitividad del sector artesano.- Convocatoria 2017.

Código de ayuda:

S12473/17

Norma:

ORDEN de 9 de marzo de 2017.

Plazo de Solicitud:

Hasta el 27 de abril de 2017.

Finalidad u objetivo de la ayuda:

Las subvenciones reguladas por estas bases tienen por objeto el fomento y la comercialización de la artesanía gallega para actuaciones realizadas desde el 1 de enero hasta el 31 de octubre de 2017, con la excepción de los gastos efectuados en el año 2016 exigidos para participar en eventos expositivos del año 2017 y, en su caso, los gastos efectivamente realizados y pagados de las ferias que se celebren entre el 1 de noviembre y el 31 de diciembre de 2017.

Categorías Subvención

  • Artesanía
  • Corporaciones Locales
  • Creación nuevas empresas

Localización del organismo gestor

Galicia

Convoca:

Consellería de Economía, Empleo e Industria (Galicia)

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Asociaciones
  • Autónomos
  • Ayuntamientos/Municipios
  • Cooperativas y Sociedades Laborales no Agrarias
  • Entidades sin ánimo de lucro, Ong´s
  • Microempresas (menos de 10 empleados)
  • Organismos / Entidades Públicas
  • Organizaciones Empresariales y Sindicales
  • Pymes (menos de 250 empleados)
  • Sociedades Civiles

Detalle beneficiarios:

Titulares de talleres artesanales que figuren inscritos en el Registro General de Artesanía de Galicia.

Asociaciones profesionales y empresariales de artesanos de Galicia.

Ayuntamientos de la Comunidad Autónoma de Galicia que organicen ferias de artesanía.

¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?

Se consideran actuaciones subvencionables:

Para titulares de talleres artesanos:

La participación como expositor en ferias profesionales nacionales o celebradas en el extranjero en las que no se realiza venta directa con retirada de mercancía.

El porcentaje subvencionable alcanzará el 80 % de la inversión, con un máximo de 2.000 € de subvención por certamen, impuestos excluidos.

La participación como expositor en ferias no profesionales de artesanía, fuera del ámbito de la Comunidad Autónoma gallega, que se celebren en los mercados nacionales o internacionales.

El porcentaje subvencionable alcanzará el 80 % de la inversión superior a 500 €, con un máximo de 900 € de subvención por certamen, impuestos excluidos.

La participación como expositor en acciones comerciales emergentes de carácter temporal y presentación de productos en Pop Ups, Corners y Showrooms.

El porcentaje subvencionable alcanzará el 50% de la inversión superior a 500 €, con un máximo de 900 € de subvención por certamen, impuestos excluidos.

El importe máximo de subvención para el conjunto de todas las actuaciones subvencionables no podrá superar los 7.000 €, IVA excluido.

Para ayuntamientos:

Ferias monográficas cuyo objetivo sea la venta y puesta en valor de productos de un mismo oficio tradicional, con un número mínimo de 15 ediciones, incluyendo la edición en curso. El porcentaje subvencionable alcanzará el 80 % de la inversión con un máximo de 15.000 € de subvención por feria.

Ferias no monográficas de distintos oficios con un número mínimo de cinco ediciones, incluyendo la edición en curso. El importe máximo de subvención será de 3.000 € por feria si cuenta con un mínimo de un 80 % de expositores de productos artesanales inscritos en la Sección Segunda del Registro General de Artesanía de Galicia (talleres artesanos).

Para las que no alcancen el 80 % de los expositores mencionados, el importe máximo de subvención será de 1.500 € por feria.

El importe máximo de subvención para el conjunto de todas las actuaciones subvencionables no podrá ser superior a los 15.000 €.

Para asociaciones profesionales y empresariales de artesanos:

Organización de ferias de artesanía, en el ámbito de la Comunidad Autónoma de Galicia, de distintos oficios con un número de 15 ediciones, incluyendo la edición en curso, que cuenten con un mínimo de 80 % de expositores de productos artesanales inscritos en la Sección Segunda del Registro General de Artesanía de Galicia (talleres artesanos).

El porcentaje subvencionable alcanzará el 80 % de la inversión, con un máximo de 15.000 € de subvención por certamen.

El importe máximo de subvención para el conjunto de todas las actuaciones subvencionables no podrá ser superior a los 30.000 €.

Participación como expositor en ferias profesionales nacionales o celebradas en el extranjero en las que no se realiza venta directa con retirada de mercancía.

El porcentaje subvencionable alcanzará el 80 % del investimento, con un máximo de 7.000 € de subvención por feria.

El importe máximo de subvención para el conjunto de todas las actuaciones subvencionables no podrá ser superior a los 15.000 €.

Documentos asociados

Boletín: 27/03/2017
DOG Diario Oficial de Galicia- Nº 60
Documento: Bases, Convocatoria 2017 y Anexos Descargar Documento
Boletín: 27/03/2017
DOG Diario Oficial de Galicia- Nº 60
Documento: Convocatoria 2017 (Extracto) Descargar Documento