Subvenciones para el fomento de la comercialización de alimentos ecológicos en el Principado de Asturias.

Código de ayuda:

S25091/19

Norma:

Resolución de 2 de abril de 2019. Resolución de 14 de mayo de 2019. Resolución de 13 de mayo de 2020. Resolución de 12 de abril de 2021. Resolución de 21 de junio de 2022. Resolución de 6 de septiembre de 2022.

Plazo de Solicitud:

Hasta el 21 de julio de 2022.

Finalidad u objetivo de la ayuda:

El objeto es regular la concesión de subvenciones para el fomento de la comercialización de los alimentos certificados como ecológicos por el Consejo de la Producción Agraria Ecológica del Principado de Asturias (COPAE) producidos en las huertas y granjas asturianas, mediante el apoyo económico a las asociaciones de productores ecológicos del Principado de Asturias.

Categorías Subvención

  • Agricultura, Ganadería, Caza y Pesca
  • Comercio
  • Cooperación empresarial

Localización del organismo gestor

Principado de Asturias

Convoca:

Consejería de Medio Rural y Cohesión Territorial (Principado de Asturias)

¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?

Como norma general y en virtud de lo dispuesto en el Reglamento (CE) 1407/2013 y dado que estas ayudas se conceden bajo el régimen de mínimis, no podrá superarse la cantidad de 200.000 euros por beneficiario en un período de tres ejercicios fiscales.

Se establece la cuantía máxima de la ayuda en el 90% de los costes totales generados por la contratación de personal y del 75% para el resto de gastos.

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Asociaciones
  • Organizaciones y Cooperativas Agrarias

Detalle beneficiarios:

Podrán ser beneficiarios de estas ayudas las entidades asociativas de productores ecológicos, con ámbito de actuación en el Principado de Asturias que tengan personalidad jurídica propia y estén legalmente constituidas en el momento de la solicitud de la ayuda bajo alguna de las siguientes fórmulas jurídicas: Cooperativas de primer o ulterior grado, uniones de cooperativas, SAT.

Las entidades beneficiarias, deberán estar inscritas como operadores del Copae para la comercialización de productos ecológicos a fecha de publicación de las correspondientes convocatorias de las ayudas.

¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?

Línea I: Entidades que comercialicen mayoritariamente alimentos ecológicos de origen agrícola.

Línea II: Entidades que comercialicen mayoritariamente alimentos ecológicos de origen ganadero.

Documentos asociados

Boletín: 24/04/2019
BOPA Boletín Oficial del Principado de Asturias- Nº 78
Documento: Bases Reguladoras 2019 Descargar Documento
Boletín: 23/05/2019
BOPA Boletín Oficial del Principado de Asturias- Nº 98
Documento: Convocatoria 2019 Descargar Documento
Boletín: 23/05/2019
BOPA Boletín Oficial del Principado de Asturias- Nº 98
Documento: Convocatoria 2019 (Extracto) Descargar Documento
Boletín: 25/05/2020
BOPA Boletín Oficial del Principado de Asturias- Nº 99
Documento: Convocatoria 2020 Descargar Documento
Boletín: 25/05/2020
BOPA Boletín Oficial del Principado de Asturias- Nº 99
Documento: Convocatoria 2020 (Extracto) Descargar Documento
Boletín: 20/04/2021
BOPA Boletín Oficial del Principado de Asturias- Nº 74
Documento: Convocatoria 2021 (Extracto) Descargar Documento
Boletín: 20/04/2021
BOPA Boletín Oficial del Principado de Asturias- Nº 74
Documento: Convocatoria 2021 Descargar Documento
Boletín: 30/06/2022
BOPA Boletín Oficial del Principado de Asturias- Nº 125
Documento: Convocatoria 2022 (Extracto) Descargar Documento
Boletín: 30/06/2022
BOPA Boletín Oficial del Principado de Asturias- Nº 125
Documento: Convocatoria 2022 Completa Descargar Documento
Boletín: 20/09/2022
BOPA Boletín Oficial del Principado de Asturias- Nº 181
Documento: Convocatoria 2022 II Descargar Documento