Subvenciones para el fomento de la certificacion del sistema de gestion de la calidad en los centros educativos privados concertados que impartan formacion profesional inicial en Cataluña.- Convocatoria 2014.

Código de ayuda:

S45119/14

Norma:

ORDEN ENS/280/2014, de 9 de septiembre.

Plazo de Solicitud:

Fecha Fin: 03/10/2014

Finalidad u objetivo de la ayuda:

Fomentar el desarrollo de sistemas para dar seguridad y mejora continua de la calidad en los centros educativos privados concertados que imparten formación profesional inicial, mediante la ayuda a la financiación de los costes que supone para los centros el proceso de acreditación del sistema de gestión de la calidad.

Categorías Subvención

  • Calidad
  • Educación y Ciencia

Localización del organismo gestor

Cataluña

Convoca:

Departamento de Enseñanza (Cataluña)

¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?

El importe total máximo de la convocatoria se distribuirá entre todos los centros seleccionados, con el límite máximo de 1.000,00 euros por beneficiario, salvo que, revisadas todas las solicitudes, no se ejecutase la totalidad del crédito, en cuyo caso se repartirá el importe sobrante de forma proporcional, en función del gasto realizado.

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Universidades Públicas y Privadas / Centros de Enseñanza

Detalle beneficiarios:

Los centros privados concertados de Cataluña que impartan formación profesional inicial, independientemente de que estas enseñanzas estén o no concertados, y que dispongan en la fecha de publicación de la convocatoria de un sistema de gestión acreditado según las normas
internacionales de referencia (ISO 9001, EFQM, u otros).

¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?

El desarrollo de sistemas para dar seguridad y mejora continua de la calidad en los centros educativos privados concertados que imparten formación profesional inicial, mediante
la ayuda a la financiación de los costes que supone para los centros el proceso de acreditación del sistema de gestión de la calidad.

Requisitos:

a) Estar al corriente de las obligaciones tributarias ante el Estado y la Generalidad, y de las obligaciones ante la Seguridad Social.

La presentación de la solicitud de la subvención implica la autorización a la Administración de la Generalidad para que compruebe de oficio los datos correspondientes al cumplimiento de las obligaciones tributarias con el Estado y con la Generalidad y con la Tesorería de la Seguridad Social.

b) No encontrarse en ninguna de las circunstancias que prevé el artículo 13 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, general de subvenciones, que imposibilitan para ser beneficiario de la subvención.

c) Cumplir las obligaciones establecidas en los artículos 32, 33 y 36 de la Ley 1/1998, de 7 de enero, de política lingüística.

d) Estar al corriente del pago de obligaciones por reintegro de subvenciones.

e) Los centros educativos con una plantilla igual o superior a veinticinco personas deben haber adoptado los medios oportunos para prevenir y detectar casos de acoso sexual y de acoso por razón de sexo e intervenir en sus centros de trabajo, de conformidad con la Ley 5/2008, de 24 de abril, del derecho de las mujeres a erradicar la violencia machista.

f) Disponer de los medios humanos y materiales necesarios y tener asignados los recursos económicos necesarios para la realización de la actividad de prevención de riesgos laborales en la empresa, de acuerdo con lo dispuesto en la Ley 31/1995, de 8 de noviembre.

g) Los centros educativos con 50 o más trabajadores deben dar empleo a un 2% de trabajadores / as con discapacidad, como mínimo, o bien aplicar las medidas alternativas de acuerdo con lo que dispone el artículo 38 de la Ley 13 / 1982, de 7 de abril, de integración social de los minusválidos, y demás normativa aplicable.

h) Declarar si se han solicitado y / u obtenido otras ayudas públicas o privadas para la misma actividad, haciendo constar la relación detallada con la entidad concedente y la cantidad solicitada y / u obtenida.

i) En el caso de fundaciones y asociaciones, tener adaptados los estatutos de acuerdo con la disposición transitoria primera de la Ley 4/2008, de 24 de abril, del libro tercero del Código civil de Cataluña, relativo a las personas jurídicas, y en la Ley 5/2011, de 19 de julio, de modificación de la anterior.

j) En el caso de fundaciones, cumplir con el deber de presentar las cuentas anuales ante el Protectorado, de acuerdo con el artículo 336-3 del libro tercero del Código civil de Cataluña, aprobado por la Ley 4/2008, de 24 de abril.

Documentos asociados

Boletín: 19/09/2014
DOGC Diario Oficial de la Generalitat de Cataluña- Nº 6710
Documento: Bases y Convocatoria 2014. Descargar Documento