Subvenciones para el fomento de la biomasa, dirigida a las administraciones locales de las Islas Baleares y a pequeñas y medianas empresas y asociaciones empresariales.- Convocatoria 2018.

Código de ayuda:

S29519/18

Norma:

Orden de 15 de mayo de 2008. Resolución de 4 de junio de 2018.

Plazo de Solicitud:

Desde el 15 de junio de 2018 hasta el 17 de septiembre de 2018.

Finalidad u objetivo de la ayuda:

El objeto de esta Resolución es aprobar y regular la convocatoria pública de ayudas para realizar actuaciones que fomenten el uso de la biomasa.

Categorías Subvención

  • Corporaciones Locales
  • Inversiones Materiales y Equipos
  • Medio Ambiente y Energía

Localización del organismo gestor

Islas Baleares

Convoca:

Consejería de Territorio, Energía y Movilidad. (Islas Baleares)

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Agrupaciones de interés económico / de empresas / de personas físicas y jurídicas
  • Asociaciones
  • Autónomos
  • Ayuntamientos/Municipios
  • Cooperativas y Sociedades Laborales no Agrarias
  • Entidades sin ánimo de lucro, Ong´s
  • Ganaderos y titulares de Explotaciones Ganaderas
  • Microempresas (menos de 10 empleados)
  • Organismos / Entidades Públicas
  • Organizaciones y Cooperativas Agrarias
  • Pymes (menos de 250 empleados)
  • Sociedades Civiles

Detalle beneficiarios:

Los consejos insulares, los ayuntamientos y las entidades locales menores de la Comunidad Autónoma de las Islas Baleares.

Las pequeñas y medianas empresas constituidas legalmente, con cualquier figura jurídica admitida por el ordenamiento jurídico (personas físicas, personas jurídicas de derecho privado y comunidades de bienes) que lleven a cabo en el ámbito territorial de la comunidad autónoma de las Islas Baleares, y en los edificios relacionados con su actividad empresarial, las instalaciones o las actuaciones establecidas en el apartado 4 de esta Resolución. Se entiende por pequeña y mediana empresa aquella que tenga menos de 250 trabajadores, un volumen de negocios anuales que no exceda los 50 millones de euros y un balance general que no supere los 43 millones de euros.

Las asociaciones empresariales constituidas legalmente, en los edificios destinados a su actividad social, que tengan el domicilio y desarrollen su actividad en el ámbito territorial de la comunidad autónoma de las Islas Baleare.

¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?

a) Nuevas Instalaciones de producción de energía térmica que utilicen como combustible biomasa, con una potencia mínima de 20 kW térmicos de potencia nominal.

b) Maquinaria nueva (de primer uso) específica para el tratamiento en campo de la biomasa mediante astillado y empacamiento para uso energético, y plantas de fabricación de pellets o briquetas. No se considera subvencionable la maquinaria utilizada habitualmente en actividades agrícolas o forestales (empacadores agrícolas de paja o sistemas de trituración y astillado para incorporación del material orgánico en el suelo).

Documentos asociados

Boletín: 24/05/2008
BOIB Boletín Oficial de las Islas Baleares- Nº 72
Documento: Bases Reguladoras Descargar Documento
Boletín: 09/06/2018
BOIB Boletín Oficial de las Islas Baleares- Nº 71
Documento: Convocatoria 2018 y Anexos Descargar Documento
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