Subvenciones para el fomento de la acuicultura continental en Andalucia.- Convocatoria 2010.

Código de ayuda:

S59864/10

Norma:

ORDEN de 20 de octubre de 2010.

Plazo de Solicitud:

Fecha Fin: 20/11/2010

Finalidad u objetivo de la ayuda:

Las inversiones productivas y la modernización de instalaciones de acuicultura continental, tendrán como finalidad, la consecución de uno o más de los siguientes objetivos:

a) Diversificación y puesta a punto de sistemas de producción de nuevas especies, teniendo en cuenta lo establecido en el Reglamento (CE) núm. 708/2007 del Consejo de 11 de junio de 2007, sobre el uso de especies exóticas y las especies localmente ausentes en la acuicultura.

b) Establecimiento de métodos de acuicultura que mejoren los efectos positivos sobre el medio ambiente en comparación con las prácticas normales en el sector de la acuicultura.

c) Apoyo a actividades tradicionales de acuicultura que contribuyan a preservar el entorno social y económico y a la protección del medio ambiente.

d) Apoyo a la adquisición de equipos para proteger las explotaciones de los depredadores silvestres.

e) Apoyo a las mejoras productivas.

f) Establecimiento de medidas que mejoren las condiciones higiénico-sanitarias en las explotaciones de acuicultura.

g) Mejora de las condiciones de trabajo y de la seguridad de los trabajadores de la acuicultura.

Categorías Subvención

  • Agricultura, Ganadería, Caza y Pesca
  • Medio Ambiente y Energía

Localización del organismo gestor

Andalucía

Convoca:

Consejería de Medio Ambiente (Andalucía)

¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?

Los porcentajes máximos de ayudas destinadas al desarrollo de la acuicultura continental, será de un 60%.

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Autónomos
  • Cooperativas y Sociedades Laborales no Agrarias
  • Cooperativas y Sociedades Laborales no Agrarias
  • Microempresas (menos de 10 empleados)
  • Particulares / Personas físicas
  • Pymes (menos de 250 empleados)
  • Sociedades Civiles

Detalle beneficiarios:

Las personas jurídicas titulares de la autorización o licencia para realizar cultivos acuícolas, en aguas continentales, que acrediten garantía técnica, económica y financiera para llevar a cabo los proyectos, todo ello, en territorio de la Comunidad Autónoma de Andalucía.

Asimismo, podrán ser beneficiarios de la subvención las personas físicas titulares de la autorización o licencia para realizar cultivos acuícolas, en aguas continentales, que acrediten garantía técnica, económica y financiera para llevar a cabo los proyectos, todo ello, en territorio de la Comunidad Autónoma de Andalucía.

¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?

Para que los proyectos de inversión puedan ser subvencionables, deberán reunir los requisitos siguientes, sin perjuicio del cumplimiento de otros requisitos específicos previstos en la presente Orden:

a) Que los proyectos puedan considerarse viables desde el punto de vista técnico, económico y financiero y respeten las exigencias de protección medioambiental.

b) Que la solicitud de subvención se presente antes de que el beneficiario haya emprendido la inversión. A tal fin, se levantará acta de no inicio y no se subvencionará actuación alguna realizada con fecha anterior al levantamiento del acta que surtirá efectos para la convocatoria de ayudas en curso o, caso de haber concluido ésta, para la siguiente convocatoria. La expedición de esta certificación no prejuzgará el otorgamiento de la subvención.

Requisitos:

No podrán obtener la condición de beneficiario de las subvenciones reguladas en la presente Orden, las personas físicas o jurídicas en quienes concurran alguna de las circunstancias siguientes:

a) Haber sido condenadas mediante sentencia firme a la pena de pérdida de la posibilidad de obtener subvenciones o ayudas públicas.

b) Haber solicitado la declaración de concurso voluntario, haber sido declarados insolventes en cualquier procedimiento, hallarse declarados en concurso, salvo que en este haya adquirido la eficacia un convenio, estar sujetos a intervención judicial o haber sido inhabilitados conforme a la Ley 22/2003, de 9 de julio, Concursal, sin que haya concluido el período de inhabilitación fijado en la sentencia de calificación del concurso.

c) Haber dado lugar, por causa de la que hubiesen sido declarados culpables, a la resolución firme de cualquier contrato celebrado con la Administración.

d) Estar incursa la persona física o los administradores de las sociedades mercantiles o aquellos que ostenten la representación legal de otras personas jurídicas, en alguno de los supuestos de la Ley 5/2006, de 10 de abril, sobre regulación de los conflictos de intereses de los miembros del Gobierno y los Altos Cargos de la Administración General del Estado, de la Ley 3/2005, de 8 de abril, de Incompatibilidades de Altos Cargos de la Administración de la Junta de Andalucía y de Declaración de Actividades, Bienes e Intereses de Altos Cargos y otros Cargos Públicos, o tratarse de cualquiera de los cargos electivos regulados en la Ley Orgánica 5/1985, de 19 de junio, del Régimen Electoral General, en los términos establecidos en la misma o en la normativa autonómica que regule estas materias.

e) No hallarse al corriente en el cumplimiento de las obligaciones tributarias o frente a la seguridad social impuestas por las disposiciones vigentes, en la forma que se determine reglamentariamente.

f) Tener la residencia fiscal en un país o territorio calificado reglamentariamente como paraíso fiscal.

g) No hallarse al corriente de pago de obligaciones por reintegro de subvenciones en los términos que reglamentariamente se determinen.

h) Haber sido sancionado mediante resolución firme, con la pérdida de la posibilidad de obtener subvenciones según la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, o la Ley General Tributaria.

i) Tener deudas en período ejecutivo de cualquier otro ingreso de Derecho Público de la Comunidad Autónoma de Andalucía.

Documentos asociados

Boletín: 05/11/2010
BOJA Boletín Oficial de la Junta de Andalucía- Nº 216
Documento: Bases, Convocatoria 2010 y Anexos. Descargar Documento