Subvenciones para el fomento de la actualización científica y tecnológica del profesorado de formación profesional de centros concertados a través de la colaboración con empresas, en el ejercicio 2019.

Código de ayuda:

S51391/19

Norma:

ORDEN de 10 de septiembre de 2019.

Plazo de Solicitud:

Hasta el 17 de octubre de 2019.

Finalidad u objetivo de la ayuda:

Es objeto de la presente Orden regular la concesión de subvenciones por el procedimiento de concurso, para el fomento de actividades de actualización científico-tecnológica del profesorado de Formación Profesional de centros privados concertados, a través de proyectos de colaboración centro-empresa, en el ejercicio 2019.

Categorías Subvención

  • Educación y Ciencia
  • Formación

Localización del organismo gestor

País Vasco

Convoca:

Departamento de Educación (País Vasco)

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Universidades Públicas y Privadas / Centros de Enseñanza

Detalle beneficiarios:

Podrán ser beneficiarios de las subvenciones reguladas en la presente Orden todos aquellos centros privados concertados autorizados oficialmente para impartir ciclos formativos de grado medio o superior de Formación Profesional en la CAPV, que cumplan lo establecido en los artículos 13 y 14 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones así como con lo establecido en el artículo 50.5 y 6 del Texto Refundido de la Ley de Principios Ordenadores de la Hacienda General del País Vasco, aprobado por Decreto Legislativo 1/1997, de 11 de noviembre.

¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?

Las actividades objeto de subvención se desarrollarán en tres fases:

a) Una primera fase de observación en las empresas, en la que el profesorado de los centros beneficiarios identificará las posibles áreas de colaboración centro-empresa, a través de retos reales del ámbito científico-tecnológico, que supongan actualización tecnológica para el profesorado, que dicha actualización pueda ser transferida al alumnado y al profesorado que corresponda de su centro y que sean de interés para la empresa. El tiempo máximo de observación será de 5 horas por empresa.

b) Una segunda fase de redacción de una propuesta de proyecto de colaboración centro-empresa.

Para ello, el centro deberá realizar un análisis en profundidad del reto que vaya a desarrollar conjuntamente con la empresa, de las soluciones existentes en el mercado y del desarrollo que el reto en cuestión requeriría. Dicha propuesta de proyecto deberá contar con el V.º B.º de la empresa.

c) Una tercera fase de desarrollo del reto, donde el profesorado dedicará horas de trabajo al desarrollo del reto definido, con el consiguiente aprendizaje y actualización tecnológica y deberá garantizar la incorporación de los conocimientos adquiridos en el aula.

Documentos asociados

Boletín: 17/09/2019
BOPV Boletín Oficial del País Vasco- Nº 176
Documento: Bases, Convocatoria 2019 y Anexos Descargar Documento