Subvenciones para el fomento de actividades del tercer sector en el ámbito de la intervención social en el País Vasco.- Convocatoria 2012.

Código de ayuda:

S01300/10

Norma:

DECRETO 649/2009, de 29 de diciembre. ORDEN de 27 de enero de 2010. ORDEN de 3 de enero de 2011. ORDEN de 9 de noviembre de 2011.

Plazo de Solicitud:

Fecha Fin: 14/12/2011

Finalidad u objetivo de la ayuda:

La convocatoria de subvenciones para el año 2012 para actividades en el ámbito de la intervención social, es decir, orientadas a proteger y promover la autonomía personal e integración comunitaria de las personas, familias y grupos.

Categorías Subvención

  • Asociacionismo y Voluntariado
  • Mujeres, Infancia y Ayudas familiares
  • Sanidad, Servicios Sociales y Mayores

Localización del organismo gestor

País Vasco

Convoca:

Departamento de Empleo y Políticas Sociales (País Vasco)

¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?

1. En esta línea subvencional ninguna ayuda, individualmente considerada, podrá ser superior a 210.000 euros.

2. En esta línea subvencional ninguna ayuda, individualmente considerada, podrá ser superior a 35.000 euros.

3. En esta línea subvencional ninguna ayuda, individualmente considerada, podrá ser superior a 22.200 euros.

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Asociaciones
  • Entidades sin ánimo de lucro, Ong´s
  • Fundaciones

Detalle beneficiarios:

Las entidades de iniciativa social sin ánimo de lucro en los términos establecidos en el artículo 5 del Decreto 649/ 2009, de 29 de diciembre, por el que se regulan las subvenciones para el fomento de actividades del tercer sector en el ámbito de la intervención social en el País Vasco.

¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?

Podrán ser objeto de las subvenciones previstas en el presente Decreto, figurando en las correspondientes
Órdenes de convocatoria, al menos, las actividades enmarcadas en las siguientes líneas de actuación:

1. Actividades de intervención social con personas, familias, grupos y comunidades.

2. Actividades para el fortalecimiento de la acción voluntaria y la participación asociativa en la intervención
social.

3. Actividades de gestión del conocimiento para la intervención social.

Requisitos:

a) Estar legalmente constituidas y debidamente inscritas en el correspondiente o los correspondientes
registros o censos administrativos, al menos con un año de antelación a la convocatoria de las subvenciones.

b) Carecer de ánimo de lucro, independientemente de su forma jurídica de asociación, fundación,
cooperativa de iniciativa social u otra de carácter no lucrativo, y promover la consecución de un fin público
o interés social.

c) Desarrollar su actividad preferentemente dentro de la Comunidad Autónoma del País Vasco.

Documentos asociados

Boletín: 07/01/2010
BOPV Boletín Oficial del País Vasco- Nº 3
Documento: Bases Reguladoras Descargar Documento
Boletín: 27/01/2010
BOPV Boletín Oficial del País Vasco- Nº 17
Documento: Convocatoria 2010 y Anexos Descargar Documento
Boletín: 10/01/2011
BOPV Boletín Oficial del País Vasco- Nº 5
Documento: Convocatoria 2011. Descargar Documento
Boletín: 14/11/2011
BOPV Boletín Oficial del País Vasco- Nº 215
Documento: Convocatoria 2012 y Anexos. Descargar Documento