Subvenciones para el fomento de Ferias y Certámenes ganaderos de Gran Canaria.

Código de ayuda:

S06464/04

Norma:

Ordenanza Específica Reguladora.

Plazo de Solicitud:

Fecha Fin: 15/09/2004

Finalidad u objetivo de la ayuda:

La reivindicación de la cultura ganadera tradicional, la oportunidad de encuentro entre ganaderos y ciudadanos, y la promoción de las nuevas innovaciones productivas a través de estas ferias y certámenes ganaderos.

Categorías Subvención

  • Agricultura, Ganadería, Caza y Pesca
  • Asistencia a Ferias, Congresos y Material Promocional

Localización del organismo gestor

Canarias

Convoca:

Cabildo Insular de Gran Canaria (Canarias)

¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?

El importe de la subvención será un porcentaje máximo del 50%.
Los gastos máximos a subvencionar para esta convocatoria serán de 10.000 euros por Ayuntamiento y de 5.000 euros por asociación.

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Asociaciones
  • Ayuntamientos/Municipios
  • Organismos / Entidades Públicas
  • Organizaciones Empresariales y Sindicales

Detalle beneficiarios:

Los Ayuntamientos y/o asociaciones ganaderas.

¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?

La organización en Gran Canaria de ferias ganaderas destinadas principalmente a especies ganaderas productivas:
Los gastos realizados para la divulgación del evento, el acondicionamiento no permanente del recinto, la organización de catas y/o degustaciones de productos agrarios locales, y las actividades asociadas al evento relacionadas con el mundo rural, como exposiciones o dinamización.

Requisitos:

a) No hallarse incurso en las circunstancias establecidas en los apartados 2 y 3 del artículo 13 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.
b) No haber recibido ayudas o subvenciones con el mismo objeto de cualquier Administración Pública.
c) No haber recibido ayudas u otras atribuciones patrimoniales gratuitas de entidades privadas o particulares para el mismo destino o, en su caso, declarar el importe de las recibidas.
d) Haber procedido a la justificación de las subvenciones concedidas con anterioridad por el Cabildo de Gran Canaria.
e) No haber realizado los gastos objeto de subvención con anterioridad al 1 de septiembre de 2003.
f) Haber contado con la autorización de la Dirección General de Ganadería del Gobierno de Canarias para celebrar el evento.
g) Haber organizado el evento en el que todos los animales asistentes han estado identificados correctamente, poseían el oportuno documento sanitario de traslado, y procedían de explotaciones inscritas en el Registro de explotaciones ganaderas de Canarias y calificadas o controladas sanitariamente por el o rganismo autonómico competente en materia de ganadería.
h) Comunicar al Servicio Técnico de Extensión Agraria de la Consejería de Agricultura, Ganadería y Pesca, las alteraciones que se produzcan en las circunstancias y requisitos tenidos en cuenta para la concesión de la subvención.
i) Someterse a las actuaciones de comprobación que, en relación con las subvenciones concedidas, se practiquen por los órganos competentes.
j) Autorizar al Cabildo de Gran Canaria para realizar el tratamiento informático de los datos contenidos en la solicitud, con arreglo a la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, y demás disposiciones que la desarrollan.
k) Autorizar al Cabildo de Gran Canaria para divulgar las actuaciones subvencionadas.

Documentos asociados

Boletín: 10/03/2004
BO Provincia de Las Palmas- Nº 30
Documento: Convocatoria Descargar Documento