Subvenciones para el fomento a la creacion de puestos de trabajo estables por parte de las empresas y entidades sin animo de lucro igualadinas.- Convocatoria 2014.

Código de ayuda:

S41200/14

Norma:

Igualada, 21 de juliol de 2014. Igualada, 30 de juny de 2014.

Plazo de Solicitud:

Fecha Fin: 14/10/2014

Finalidad u objetivo de la ayuda:

Regular el procedimiento de concesión de subvenciones para empresas y entidades sin ánimo de lucro ubicadas en el municipio de Igualada que hayan concurrido a la creación de puestos de trabajo estables durante el período objeto de la subvención.

Categorías Subvención

  • Asociacionismo y Voluntariado
  • Empleo

Localización del organismo gestor

Cataluña

Convoca:

Ayuntamiento de Igualada (Cataluña)

¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?

Cada puesto de trabajo estable que obtenga subvención se dotará con la cantidad mínima de 600 EUR o podrá dotarse en su parte proporcional en caso de contrataciones a tiempo parcial o contrataciones de fijos discontinuos.

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Autónomos
  • Empresas (más de 250 empleados)
  • Entidades sin ánimo de lucro, Ong´s
  • Microempresas (menos de 10 empleados)
  • Pymes (menos de 250 empleados)

Detalle beneficiarios:

Las personas físicas y jurídicas que cumplan los requisitos establecidos.

¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?

La creacion de puestos de trabajo estables por parte de las empresas y entidades sin animo de lucro igualadinas.

Requisitos:

a) Ser persona física o jurídica que genere actividad económica en el municipio de Igualada, que cumpla con sus obligaciones tributarias y de la seguridad social.

b) Disponer de la correspondiente licencia de actividad, de acuerdo con la legislación vigente.

c) Llevar a cabo un mínimo de una contratación estable durante el período elegible (se entenderá como lugar de trabajo estable aquel formalizado mediante cualquier forma de contrato laboral de carácter indefinido previsto en la normativa vigente) y que se deberá mantener en alta durante todo el periodo.

d) Según sea el número de trabajadores de la entidad beneficiaria el día 1 de septiembre de 2013, se exigirá que, a 31 de agosto de 2014, se haya efectuado el incremento de plantilla de acuerdo con el escalado que sigue:

Número de trabajadores de la empresa o entidad a 1 de septiembre de 2013 Incremento de plantilla a 31 de agosto de 2014

1-10 No reducir plantilla

11-20 1 trabajadores / as

21-50 2 trabajadores / as

51-100 5 trabajadores / as

101-200 10 trabajadores / as

201 - 1000 20 trabajadores / as

Documentos asociados

Boletín: 21/07/2014
BO Provincia de Barcelona- Nº
Documento: Bases y Convocatoria 2014. Descargar Documento
Boletín: 12/08/2014
DOGC Diario Oficial de la Generalitat de Cataluña- Nº 6684
Documento: Anuncio. Descargar Documento